Algunas consideraciones sobre la ley y la pornografía (y IV): La situación en algunos países

Conviene diferenciar entre la pornografía que se consume a través de Internet y el resto, prácticamente insignificante, o incluso las películas que se exhiben en TV y cines comerciales, ya que la regulación legal de Internet plantea una extraordinaria complejidad.

Por José Luis García.

En artículos anteriores (https://nuevarevolucion.es/algunas-reflexiones-sobre-la-ley-y-la-pornografia-iii-libertad-versus-dano/) nos hemos aproximado muy sucintamente, al rol que parece jugar el consumo de películas sexuales pornoviolentas (PSP) en la violencia sexual. Así mismo, hablábamos de su posible asociación con la violencia social. 

Por ello reclamábamos una regulación legal del consumo de este tipo de contenidos sexuales, acompañada del diseño e implementación de programas de educación sexual de manera obligatoria en todos los centros escolares y de enseñanza, desde la educación primaria hasta la universidad. Y señalábamos que nos encontramos ante un problema con un trasfondo político evidente, razón por la que la solución a los problemas que comporta la pornografía violenta requiere de decisiones políticas, valientes y decididas.

En nuestro país, uno de los pocos partidos que llevaba medidas para regular las películas sexuales en su programa electoral era el PSOE. Una de sus diputadas, Andrea Fernández1, señalaba “la necesidad de actuar contra la pornografía”, en épocas de manadas y por el acceso de los menores al porno misógino. Desconocemos en este momento cómo están esas promesas cuando han pasado varios meses de las elecciones, con un gobierno de coalición de izquierdas, que no ha dado ninguna respuesta a cuestiones como la educación sexual en las escuelas y, sí en cambio, aprobando la llamada ley trans, provocando un conflicto extraordinario, una guerra abierta sin cuartel entre los diferentes sectores del feminismo, que no se había visto nunca en nuestro país. 

¿Se podría llegar a un acuerdo en que un cierto tipo de vídeos agresivos y violentos debería estar regulado legalmente, como ocurre con la pornografía infantil? Y, aunque su parece revestir delito, sí lo debería ser, al menos, compartir y producir ese tipo de materiales.

En muchos Estados se ha planteado el debate de la pornografía, también en términos legales y normativos. Como muy bien ha señalado Jorge F.Malem2, en algunos de ellos fueron creadas diversas Comisiones Gubernamentales, como es el caso de los EE.UU., Canadá y el Reino Unido, cuyo objetivo era examinar esa cuestión y sugerir medidas legislativas. Se trata de responder a la pregunta de si un Estado debe regular el consumo de pornografía y, en su caso, de qué manera ha sido una cuestión siempre difícil de dilucidar.

No obstante, conviene diferenciar entre la pornografía que se consume a través de Internet y el resto, prácticamente insignificante, o incluso las películas que se exhiben en TV y cines comerciales, ya que la regulación legal de Internet plantea una extraordinaria complejidad.

1.https://www.lavanguardia.com/participacion/cartas/20190609/462695639026/limitacion-por-ley-acceso-contenido-pornografia.html?facet=amp

2.Malem, J.F (1992). Acerca de la pornografía Revista del Centro de Estudios Constitucionales Vol. 1: 219-237

Según algunos expertos3, hay países donde está prohibida la pornografía: Arabia Saudí, Irán, Bahréin, Egipto, Emiratos Árabes, Kuwait, Malasia, Indonesia, Singapur, Kenia, India, Cuba, y China. Sin embargo, hay artículos científicos de consumo de porno en algunos de esos países, como hemos comprobado en algunos de los estudios e investigaciones realizados en los mismos, que plantean problemas similares al resto de países. Tal vez la discrepancia pueda estar en la prohibición de vídeos o revistas, pero la proveniente de Internet, es decir la inmensa mayoría, tiene más dificultades para regularla.

La realidad cubana parece ser un modelo de interés: está prohibida la pornografía, pero Internet facilita su consumo on line a los cubanos y cubanas, a pesar de las restricciones, revelando el futuro de lo que puede pasar.  Es verdad que allí no se promociona el porno, ni se visibiliza en los medios, pero se consume a través de la red, algo menos que en otros países, según Pornhub4.

En uno de los pocos artículos interesantes sobre la pornografía en este país, se concluye que “Es absurdo y contraproducente que se penalice la producción y distribución de material pornográfico, se censure su exhibición en los cines y se pretenda controlar su entrada desde el extranjero, cuando Internet se mantiene como un canal abierto y cada vez más popular, en Cuba como en el resto del mundo, para todas esas actividades”. 

Según las crónicas, antes de 1959 La Habana era una ciudad cosmopolita y existían cines para la exhibición de películas pornográficas, como el Shanghái y el París según Román Gubern5, un autor cuya contribución a este tema es bien importante.

La situación en el reino Unido

Dado que en Reino Unido ha habido varios intentos de los sucesivos gobiernos para afrontar este problema sin tener claro qué hacer, nos detenemos un momento para algo más sobre este país del que hemos encontrado más información. En 2007, a partir del asesinato de una actriz de películas sexuales por asfixia erótica, el Gobierno británico planteó una ley que consideraba delito la posesión de material pornográfico extremo, según informa Steve Jones y col.6.

Este equipo analiza los aspectos éticos y legales de la pornografía, incluyendo cuestiones como ¿qué pasa con aquellos investigadores que acceden a materiales pornográficos que pudieran considerarse no aptos para el consumo general o ilegales? Se plantea la conveniencia o no de penalizar la posesión de material pornográfico extremo, ya que ello no impide la producción de estos materiales.

En Reino Unido, según Clare McGlynn7, la Ley de Justicia Penal e Inmigración de 2008 penalizó la posesión de pornografía extrema, es decir, imágenes de bestialidad, necrofilia y violencia grave o potencialmente mortal. Esta ley fue enmendada para incluir la pornografía de violación en 2015 y sigue generando una controversia considerable y exige reformas.

3.http://www.uneac.org.cu/columnas/emilio-comas-paret/breve-historia-de-la-pornografia (comprobado el 29-11-20)

4.https://www.yucabyte.org/2019/10/10/pornografia-cuba-internet/?s=09

5.https://riunet.upv.es/bitstream/handle/10251/40742/NOSFERATU_002_001.pdf?sequence=4&isAllowed=y

6.Jones, S. et al. (2009). Hard Times and Rough Rides: The Legal and Ethical Impossibilities of Researching ‘Shock’ Pornographies. Sexualities V.12(5): 613-628.

7.McGlynn, C. et. al (2009). Pornography, Pragmatism and Proscription. Journal of law and society, Vol.36 (3): 327-351 (comprobado 27-11-20)

Otro artículo de Clare McGlynn8, sobre denuncias de consumo de pornografía extrema entre 2015 y 2017, en R.U. se advierte que son más altas que la proporción de cargos por otros delitos sexuales, incluidas agresiones sexuales y violaciones, así como delitos relacionados con el intercambio no consensuado de imágenes íntimas. Los acusados son mayoritariamente hombres blancos, con edades que oscilan entre menos de 16 años y entre 80 y 89 años, siendo la mayoría de los infractores hombres de mediana edad.

Según este trabajo, el género pornográfico extremo que mayores denuncias presentaba era el que involucra a un animal. Hubo muy pocos casos de amenaza de vida, lesiones graves, necrofilia o pornografía por violación.

La situación del Reino Unido y Australia parece tener aspectos comunes y han sido analizados por Kath Albury9 en su vertiente educativa y de alfabetización, hecho que provoca no pocos debates cuando se proponen iniciativas específicas complementarias al plan de estudios de las escuelas secundarias estatales de los dos países. La autora plantea la “pornografía como pedagogía y la pedagogía sobre la pornografía”.

La edad de acceso

En Reino Unido, parece10 que el gobierno actual está buscando algunas maneras de evitar que los menores de 18 años vean películas porno. Los datos indican que se consumen como en todos los lugares, mientras que, a la vez, hay poca comprensión de los hábitos de consumo alrededor de estos temas. 

En ese artículo se plantea una lúcida reflexión acerca de los algoritmos de las páginas web películas sexuales consultadas, respecto de los hábitos de consumo de estas películas, asociándolo con otros algoritmos de otras plataformas de internet respecto de las opiniones políticas.

En este país11 12 , según algunos rotativos, estaba previsto que en 2019 entrara en vigor una ley para que los usuarios de películas sexuales online verifiquen su edad de forma fehaciente, iniciativa respaldada, según la información periodística, por el 88% de los padres de niñas y niños entre 7 y 17 años. La ley contemplaría que aquellas webs que no cumplan este requisito podrán ser penalizadas. A día de hoy, el control que hay a este respecto es ridículo y no sirve de nada. Una de las organizaciones más activas en este país contra la pornografía infantil es la Sociedad Nacional para la Prevención de la Crueldad contra los Niños (NSPCC)13

8.Clare McGlynn, C. et al. (2019). Possessing Extreme Pornography: Policing, Prosecutions and the Need for Reform. The Journal of Criminal Law, Vol. 83 (6): 473-488 (comprobado 27-11-20)

9.Albury, K. (2014). Porn and sex education, porn as sex education, PornStudies,Vol 1(1-2): 172-181

10.https://amp.theguardian.com/culture/2020/jan/31/porn-survey-uk-teenagers-viewing-habits-bbfc?CMP=twt_gu&utm_source=Twitter&__twitter_impression=true

11.https://www.lavanguardia.com/participacion/cartas/20190609/462695639026/limitacion-por-ley-acceso-contenido-pornografia.html?facet=amp

12.https://www.enter.co/chips-bits/seguridad/gobierno-de-reino-unido-propone-prohibir-pornografia-en-internet/

13.https://www.nspcc.org.uk/

En el periódico LA VANGUARDIA14, leíamos que “En Reino Unido está previsto que este 15 de julio [de 2019] entre en vigor una ley para que los usuarios de películas sexuales online deban verificar su edad de forma fehaciente y robusta. Esta iniciativa está respaldada, según las explicaciones del Gobierno británico, por el 88% de los padres de niñas y niños entre 7 y 17 años. Las páginas que no cumplan este requisito podrán ser sancionadas económicamente o bloqueadas en el Reino Unido”.

Y ello en razón de que, según la propia ministra digital Margot James15, «El contenido para adultos es actualmente demasiado fácil de acceder a los niños en línea (…) Queremos que el Reino Unido sea el lugar más seguro del mundo para estar en línea, y estas nuevas leyes nos ayudarán a lograrlo».

Un interesante artículo de la BBC16 describe las dificultades que tiene la policía para llegar a la detención de los responsables de la producción y distribución de vídeos de pornografía infantil, algunos de ellos deleznables, realizados con bebés, hechos constitutivos de delitos, a partir de la búsqueda de un niño que aparecía en un vídeo distribuido en un grupo de WhatsApp de padres y madres de un colegio.

Sin embargo y pese a esos intentos, otra noticia17 venía a echar un jarro de agua fría: “El Reino Unido está abandonando los planes para tratar de forzar a los sitios web de pornografía para verificar la edad de los usuarios de Internet del Reino Unido”. La cuestión, al parecer, radicaba en controlar los sitios web no británicos y la privacidad a partir del modo de pago y a los riesgos de entregar a un site porno, información de identificación.

La situación en otros países

Es sabido que la industria va por delante de las iniciativas legales respecto a la tecnología. Uno de los aspectos más destacados es la encriptación de extremo a extremo, es decir, que nadie, excepto el que envía el mensaje y el que lo recibe, conoce su contenido, tal y como ocurre en WhatsApp, tecnología que parece va a aplicar también a Facebook. Para darnos una idea de la magnitud de este problema, en 2019, los robots que esta plataforma “despliega para examinar su servicio Messenger, reportaron 12 millones de publicaciones que contenían imágenes de abuso infantil al Centro Nacional de Niños Desaparecidos y Explotados, que dirige la base de datos en Estados Unidos”.

Respecto de la edad de acceso, recientemente se informaba de que el parlamento francés tenía previsto aprobar una nueva ley que exigiera la verificación de la edad en los sitios web de porno, de modo que se impida el acceso de los menores de 18 años. Según algunos medios18, “La iniciativa cuenta con el apoyo del presidente Emmanuel Macron, quien pidió tal medida en enero”.

14.https://www.lavanguardia.com/participacion/cartas/20190609/462695639026/limitacion-por-ley-acceso-contenido-pornografia.html?facet=amp

15.https://arstechnica.com/tech-policy/2019/04/uk-will-use-isp-blacklists-to-keep-kids-away-from-online-porn/

16.https://www.bbc.com/mundo/noticias-52970235

17.https://arstechnica.com/tech-policy/2019/10/uk-government-abandons-planned-porn-age-verification-scheme/

18.https://arstechnica.com/tech-policy/2020/07/french-parliament-passes-porn-age-verification-legislation/

En este país, dos asociaciones de protección de menores habían denunciado, recientemente, a los proveedores de servicios de nueve principales sitios pornográficos franceses. Sin embargo, un tribunal de París rechazó dicha solicitud que pretendía bloquear nueve sitios pornográficos19.

Que sepamos, Tailandia es uno de los pocos países que ha prohibido por ley la pornografía, situación cuando menos curiosa porque existe la creencia de que es un Estado con una tradición conocida de actividades pederastas, aunque nos consta que sus leyes son contrarias a estas inaceptables agresiones sexuales a menores.   En el invierno de 2013, Islandia elaboró un proyecto de ley que limita el acceso a Internet a la pornografía violenta. Según lo que sabemos, es el único país europeo que tiene una legislación en la que se prohíbe la impresión y distribución de películas sexuales violentas, pero no cubre las de Internet20

Dinamarca21 se convirtió en 1969 en el primer país que legalizó la pornografía dura. Suecia siguió el ejemplo legalizándola en 1970 y Alemania Occidental en 1973.  

Un interesante artículo de Inga Margrete22 compara el proceso legal seguido por Dinamarca y Noruega, ambos países nórdicos, pero que han tenido desarrollos legales distintos. Dinamarca fue uno de los primeros del mundo en legalizar la pornografía literaria (1967) y pictórica (1969), mientras que la legalización en Noruega fue en 2006. Entre otros, los factores que se analizan son: valores cristianos conservadores, la fuerza del movimiento feminista, fallos en el sistema judicial o presión de los intelectuales, como elementos diferenciales entre ambos países.

No obstante, el artículo señala lo que venimos comentando: la llegada de Internet y el acceso al porno ha cambiado radicalmente la situación, porque “se ha vuelto imposible prohibir el acceso a la pornografía” en razón de que “las autoridades públicas han perdido la mayoría de las oportunidades para controlar el consumo de las personas”, lo que ha permitido una sociedad “con actitudes generalmente más positivas hacia la sexualidad y la ‘pornificación´ del espacio público, circunstancias que han llevado a que la pornografía se normalice”.

En Dinamarca, en 1980 se aprobó una ley que prohibía la pornografía infantil. En este país se puede producir y vender cualquier tipo de pornografía, excepto la pornografía infantil, o exhibirla en los cines, para público a partir de los 16 años. Dinamarca parece ser el único país que no tiene ninguna restricción legal sobre la pornografía sadomasoquista. 

En ese mismo año, se presentó una propuesta ante el Parlamento Europeo pidiendo a la UE que tomara medidas concretas sobre la discriminación contra las mujeres en la publicidad «a través de una prohibición de todas las formas de pornografía en los medios». La respuesta de los parlamentarios capturó el espíritu de nuestros tiempos. Insistieron en que la prohibición propuesta sobre la pornografía debería abandonarse, pero votaron a favor de regular la imagen de las mujeres en los medios. En otras palabras, la pornografía está bien, pero la degradación de los medios en las mujeres no lo es23 

19.https://arstechnica.com/tech-policy/2020/07/french-parliament-passes-porn-age-verification-legislation/

20.DeKeseredy, W. (2014). Thinking critically about adult pornography and woman abuse: New progressive directions in research, theory, and policy, en: My Plenary Address to the 2014 National Deviance Conference on Critical

21.http://www.artandpopularculture.com/Berl_Kutchinsky

22.Inga Margrete I. (2012). The «promiscous» and the «shy»: Denmark and Norway -a historic comparative analysis of pornography legislation.The NPPR Working Paper Series: The Politics of Commercial Sex. University of Stirling. El documento puede verse en: https://www.academia.edu/2365961/The_promiscous_and_the_shy_Denmark_and_Norway_a_historic_comparative_analysis_of_pornography_legislation?email_work_card=minimal-title

Alemania Occidental, sin embargo, mantuvo ciertas disposiciones relativas a la pornografía violenta y recientemente Suecia también introdujo tales restricciones.

Hay diferentes países que tienen líneas telefónicas de denuncia de sitios web con pornografía infantil, como Colombia24, donde hay líneas telefónicas de denuncia como ‘Te Protejo’. En concreto, un informe respecto del año 2017 indica que se recibieron 10.424 denuncias, de las cuales el 71 % se refieren a material de abuso sexual infantil, 7% a ciberacoso y 1.2% a casos de explotación sexual comercial infantil.

En Corea del Sur, una nación con unas costumbres sexuales muy tradiciones, algunos artículos de divulgación25 indican que existen medidas gubernamentales duras para acceder a contenidos de plataformas pornográficas desde 2009, que han tenido contestación en diferentes colectivos sociales. Una de las razones de estas medidas era la de combatir vídeos grabados en baños públicos y que luego eran subidos a la red y otras prácticas, como la pornografía de venganza o el llamado upskirt26, al parecer, una epidemia en ese país asiático. 

El artículo indica que “las multas máximas por compartir películas sexuales de alguien son de menos de 9000 euros y cárcel de un año, una condena insuficiente teniendo en cuenta que un vídeo pornográfico viral puede destrozar la vida de una mujer en la conservadora sociedad coreana”. Al parecer, el gobierno llegó a un acuerdo con las principales compañías y servidores de internet y acabaron censurando 895 páginas webs. 

Esta pornografía de venganza, considerada como un tipo de abuso sexual basado en imágenes, es un delito penal en Inglaterra y Gales desde 201527. La ley lo define como «el intercambio de material privado, sexual, ya sea fotos o vídeos, de otra persona, sin su consentimiento y con el propósito de causar vergüenza o angustia». Se castiga con una pena de hasta dos años de prisión. Sin embargo, hasta ahora no se ha responsabilizado a las plataformas que comparten este tipo de contenidos de mujeres que han sido violadas y sus vídeos subidos a Internet. 

Como, por otra parte, los vídeos pueden ser descargados en los ordenadores, pueden volver a subirse a la red en el caso de que se retiren temporalmente, dejando a las víctimas completamente desprotegidas.

23.Puede verse un artículo Frank Furedi a este respecto: http://www.spiked-online.com/spiked-review/article/the-mainstreaming-of-porn/21564#.W37HePZuIqS     

24.https://www.enter.co/especiales/colombia-conectada/10-cifras-asociadas-al-uso-de-internet-en-colombia/

25.https://www.codigonuevo.com/sociedad/corea-sur-sale-calle-manifestarse-gobierno-prohibido-800-webs-películas sexuales

26.Este es un trastorno de la conducta sexual. Se trata de un hombre que fotografías de los genitales de una mujer por debajo de la falda, para luego masturbarse o venderlas. Puede ser considerado una variante del voyeurismo y del fetichismo que son parafilias. Es muy común en los países asiáticos. A veces se chantajea a la mujer con las fotos solicitando más y/o prácticas sexuales. Algunas sectas de carácter sexual lo hacen para “fidelizar” a sus miembros. https://www.msn.com/es-es/noticias/espana/detenido-un-hombre-en-madrid-que-gra

27.https://www.bbc.com/news/stories-51391981

Esta variante voyeurista, según se señala en otro artículo28, está muy extendida en ese país, porque se ponen cámaras ocultas en el trabajo, en casas, en un probador de tienda o en un aseo público, y luego se comparten en las redes y se venden bajo suscripción. Hay varios artistas y cantantes famosos implicados en estas prácticas que daban importantes beneficios. Desde 2013 se habrían presentado 30.000 denuncias, que, se supone, son una parte pequeña, ya que no se suelen denunciar por temor. El 98% de los implicados detenidos eran hombres y el 84% de las víctimas eran mujeres.

Respecto de las condiciones laborales de actrices y actores, en EEUU, según INFOBAE29, “existe una reglamentación llamada 18 USC 2257, en donde se garantiza que la persona en cuestión tenga más de 18 años, presente fotos del carnet de identidad, sus nombres artísticos, su número de la Seguridad Social, fecha de nacimiento y otras informaciones. En relación a las enfermedades, cada trabajador del porno tiene un número médico, en donde deben realizarse estudios cada 14 días y presentarlo previo a cualquier grabación”.

Nota final:

En 4 artículos dedicados a aspectos legales de la pornografía violenta y su posible relación con la violencia sexual, hemos tratado de aproximarnos a este singular e importante aspecto dentro del estudio del fenómeno de la pornografía. Estas 4 entregas complementan otras 4 publicadas en esta misma revista con anterioridad) que dedicábamos a aproximarnos a diferentes aspectos ideológicos, cuestiones de una implicación indudable en ese acercamiento y que tienen una finalidad básicamente formativa. En los próximos artículos veremos algunas de las cuestiones éticas que comporta su producción, distribución y consumo.

28.https://www.lavanguardia.com/internacional/20190428/461905962635/corea-del-sur-voyeurismo-camaras-ocultas.html Hay dos vídeos donde se informan de estas prácticas en Corea del Sur: https://www.youtube.com/watch?v=xGpDp86RY5s&feature=youtu.be

29.https://www.infobae.com/tendencias/2017/08/05/pornografia-la-industria-que-vende-fantasias-y-que-oculta-sus-verdades/ (comprobado el 29-11-20).

Se el primero en comentar

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo no será publicada.




 

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.