¿Es Posible un cambio en la política migratoria europea que no venga de la extrema derecha?

Si las desigualdades sociales persistentes han aumentado con la pandemia, las desigualdades estructurales que padece la población migrante se han agudizado todavía más en estos últimos tres años.

Por María José Aguilar Idañez.

El mes pasado, terminaba mi artículo con la pregunta que encabeza este texto, a la vista de las posiciones de los países europeos en la última década y del Pacto Europeo de Migración y Asilo de 2020 que, como explicaba, ni es un pacto ni es de migración y asilo.

Un nuevo contrato social para las migraciones es urgente, pero en sentido estricto, y en tanto que un contrato social como construcción solo puede ser concebido como el fruto de un acuerdo entre personas libres e iguales, no podríamos hablar de contrato social para las migraciones, ya que los extranjeros son, “relativamente libres y radicalmente no iguales en tanto no-pertenecientes a la comunidad política en cuestión”. 

Sólo si, en sentido laxo, entendiéramos como nuevo contrato social la conexión (ahora inexistente) , y que bien podría orientarse por los 10 principios y los 23 objetivos contenidos en el primer acuerdo global sobre migraciones, aprobado en diciembre de 2018 en el marco de Naciones Unidas y que España firmó. En ese Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, se acordaron los principios que deben regir las políticas migratorias, desde un enfoque integral que concilie los beneficios del movimiento de las personas, los derechos humanos y la legalidad. 

El gobierno español firmó ese pacto, pero no lo está cumpliendo, así que un nuevo contrato social para las migraciones en nuestro país debería empezar por ahí. Porque -como afirman Cachón y Aysa– “el Pacto es el último tren que tiene esta generación para regular de modo responsable, ordenado y humano unas migraciones seguras y regulares”. Las entidades que en España realizan el seguimiento del cumplimiento del Pacto Mundial han realizado un informe para el Foro de Examen de la Migración Internacional de mayo de 2022. Dicho informe concluye que España “suspende en todos los compromisos” y no cumple ninguno de los 23 objetivos, “sigue sin abordar las cuestiones de fondo ni los problemas estructurales”. Lo más grave es que, como se ha demostrado con la guerra de Ucrania, “cuando hay voluntad política, se puede proteger y facilitar la inclusión de las personas desplazadas”. Las tareas pendientes más urgentes del Estado español tienen que ver con la protección de las personas migrantes en las fronteras, con los derechos laborales, el favorecimiento de una migración regular (que hasta ahora no existe, por mucho que se apele a la misma en los discursos públicos), la igualdad de trato y la no discriminación.

Y es que España lleva sellando acuerdos bilaterales de externalización de fronteras (especialmente con Marruecos, Mauritania y Senegal) que impiden la creación de vías legales, ordenadas y seguras para migrar. Este tipo de acuerdos ha convertido desde 2021 a la ruta migratoria canaria en la más mortífera del mundo, según la agencia de Naciones Unidas para las migraciones. Las más de 4.000 devoluciones sumarias e ilegales que las fuerzas de seguridad españolas realizaron en Ceuta solo en mayo de 2021, o las detenciones habituales de las personas migrantes y su internamiento forzoso sin que exista delito alguno, son ejemplos cotidianos del incumplimiento español del Pacto Mundial firmado.

Además, y pese que a categoría ‘migrante económico’ no tiene sustento legal, la Ley Orgánica de Extranjería (LO 4/2000) y su Reglamento regulan el estatuto de los extranjeros en España desde una visión economista, tomando como uno de sus principios rectores la ordenación de los flujos migratorios laborales de acuerdo con las necesidades de la situación nacional del empleo. Esta instrumentalización funcional de las políticas migratorias de acceso a la residencia contenidas en la normativa de extranjería se implementa mediante procedimientos administrativos intencionadamente lentos, laberínticos y burocráticos; que promueven y favorecen la etnoestratificación y la segregación laboral, dando lugar a abusos y explotación de todo tipo y condenando a la exclusión a miles de personas. Las posibilidades de obtener permisos de trabajo que recoge la Ley de Extranjería se han demostrado ineficaces, selectivas y no responden a la realidad del mercado laboral español, destacando la enorme bolsa de personas en situación irregular, cifrada en alrededor de medio millón de personas que no cumplen los requisitos establecidos y se ven abocadas a la economía sumergida, la explotación laboral y la desprotección más absoluta.

El informe de seguimiento del cumplimiento del Pacto Mundial por parte del España también pone sobre la mesa la elevada tasa de paro entre las personas extranjeras, que asciende al 20,89% frente al 12,71% de los españoles, o que el salario medio de los trabajadores migrantes es un 28,3% inferior al de los nacionales. Señala que gran parte del empleo migrante sigue restringido casi por completo al sector agrícola y al empleo del hogar y de cuidados. Mientras, España sigue sin ratificar el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre empleo doméstico, que equipara sus derechos a los de otros sectores en cuanto a descansos, vacaciones o prestación por desempleo. 

No debemos olvidar que el uso discriminatorio de ciertos instrumentos jurídicos (como la preferencia en el otorgamiento de permisos de trabajo temporales sobre los normales que permiten mayor movilidad geográfica y ocupacional) provoca una mayor segmentación y segregación en el mercado de trabajo, que sólo favorece a los empresarios (que no están obligados en ese tipo de contratos a cotizar por desempleo del trabajador) y al Estado (que no se ve obligado a activar mecanismos de integración para estos trabajadores a quienes no se les permite la residencia continuada ni la reagrupación familiar).

Otras formas de discriminación se derivan de la aplicación cada vez más restrictiva de las normas de protección social a los trabajadores extranjeros (y sus familias) y de la imposibilidad que tienen para acceder en igualdad de condiciones a ciertos dispositivos y prestaciones sociales, sanitarias o educativas, que están siendo restringidas de forma progresiva a los migrantes cuando pasan a una situación de desempleo o, cuando estando trabajando, se encuentran en situación administrativa irregular.

La discriminación contra las personas migrantes es aceptada y promovida por buena parte de las normas legales y el ordenamiento jurídico de los países europeos (España incluida), que no han suscrito la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias, de 1990. 

En definitiva, no se están cumpliendo los objetivos del Pacto relacionados con la integración, la no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales de las personas migrantes. Concretamente se insiste en el informe en que la Ley de Extranjería sigue condenando a un periodo mínimo de tres años en la irregularidad a las personas hasta que pueden obtener sus papeles. Recuerdan que hay retrasos de hasta ocho meses en las renovaciones de permisos de residencia, generando situaciones de irregularidad sobrevenida. Esta situación hace que miles de personas no puedan siquiera denunciar como víctimas de un delito por miedo a que la policía les abre un expediente de expulsión. También denuncian que se siguen produciendo identificaciones policiales basadas en el perfil étnico o racial, una práctica discriminatoria, humillante y estigmatizadora.

A esto se añade que en España la población de origen inmigrante ha sufrido los efectos de la pandemia con mayor intensidad que el resto de la población: “Si las desigualdades sociales persistentes han aumentado con la pandemia, las desigualdades estructurales que padece la población migrante se han agudizado todavía más en estos últimos tres años. A diferencia de lo ocurrido en países como Italia o Portugal, que regularizaron en 2020 a su población inmigrada por considerarla esencial para la economía agroalimentaria y de los cuidados, España no ha protegido ni reconocido derechos a la población inmigrada durante la pandemia, sino que los ha restringido gravemente, con consecuencias que persisten y se prolongan hasta el momento actual. Las respuestas institucionales frente a la pandemia han supuesto en España sistemáticas vulneraciones de derechos para la población migrante en el ámbito social y económico, y no sólo en el sanitario. Se trata de una amenaza añadida a las ya existentes, en lo que respecta a los derechos humanos más básicos de la población más vulnerabilizada, empobrecida e invisibilizada. En este sentido, la pandemia ha agudizado e intensificado la discriminación institucional, ha generalizado procesos de deshumanización y legitimación de la violencia contra inmigrantes y refugiados, y ha criminalizado a las víctimas más indefensas en lugar de protegerlas”.

Apelar a los Derechos Humanos no basta para eliminar las jerarquizaciones selectivas raciales y sociales en que se inscribe el proyecto civilizatorio europeo. Porque en la categorización de nacionalidades, en las listas de pasaportes amigos y no-amigos de cada país, está el origen de todo lo que hoy indigna. Pues, como advierte Karlos Castilla, desde los derechos humanos esas distinciones, exclusiones y restricciones o preferencias en base a la nacionalidad del pasaporte, están avaladas y no pueden considerarse como discriminación racial. Existe una contradicción entre el art. 1.2. de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (que admite las distinciones de tratamiento que un Estado realice entre ciudadanos y no ciudadanos) y el art. 3 de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados (que dice que sus disposiciones se deben aplicar sin discriminación por motivos del país de origen). Por otra parte, en prácticamente todas las regiones del mundo, solo reconocen la libertad de circulación a la ‘persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado’, con lo que eso significa cuando se huye de una guerra y en cada frontera te piden un visado. Por lo que, si nos indigna lo que hoy está ocurriendo en Europa, no es suficiente con señalar a la UE y sus políticas migratorias: debemos ir más allá “transformando el derecho que avala las discriminaciones en frontera; el derecho que permite categorizar a las personas de acuerdo con el pasaporte que poseen; el derecho que ha colocado a los constructos Estado y nacionalidad por encima de la tangible persona humana en el asilo; el derecho construido, impuesto y expandido por los históricamente poderosos (que venden y tienen armas) a partir de aparentes concesiones de igualdad para las históricamente discriminadas y expoliadas (que principalmente sufren las guerras). El derecho que creó una igualdad formal que excluyó y sentó las bases para la normalización del racismo social e institucional que hoy ante situaciones complejas, por desgracia, retoma fuerza”.

Hoy varios altos cargos políticos vinculados a la gobernanza de las migraciones en los Estados miembros de la UE se preguntan con pesimismo si cabe pensar en una modificación significativa que no venga de la extrema derecha…

Frente a ello, quienes pensamos que el reto de formular un nuevo contrato para las migraciones no puede venir de la extrema derecha, debemos ser conscientes de que hoy, más que nunca, “necesitamos pensar otras categorías donde la migración se transversalice al análisis de cuestiones centrales actuales como el modelo de desarrollo vigente, la crisis climática, el acceso desigual a recursos, el derecho a la subsistencia y desarrollo y en especial el principio de responsabilidad solidaria como exigencia de los compromisos respecto de los individuos y de la sociedad”. 

Si algo bueno ha tenido la crisis de Ucrania, es que ha demostrado que sí se puede desplegar una política coordinada y garante del derecho de asilo a escala europea. Que es sólo una cuestión de voluntad política. Y que los argumentos utilizados hasta ahora para eludir nuestra responsabilidad como Estados de Derecho eran falsos. Que sí es posible, si se quiere, formular y aplicar una política migratoria realista, eficaz, justa y legal.

1 El primero y más extremo ejemplo de violación de derechos humanos es la ausencia de vías legales y seguras para llegar a Europa que tiene como consecuencia la muerte de muchas personas en el trayecto, cada vez más distante y peligroso. Según los datos oficiales de la OIM, en 2020 perdieron la vida 849 personas en la ruta canaria. Según la ONG Caminando Fronteras las personas fallecidas fueron al menos 2.170. El año 2021 fue el más mortífero de la frontera euroafricana occidental: murieron 4.404 personas, de las cuáles 4.016 fueron en la ruta canaria. Las estimaciones de la OIM, basadas únicamente en testimonios de supervivientes que no incluyen las muertes en naufragios invisibles (sin testigos y sin cadáveres), fueron de 1.255 muertes en 2021. Con los datos registrados por Missing Migrants en 2022, la agencia de Naciones Unidas establece la ruta canaria como la más peligrosa del mundo: uno de cada cinco muertos o desaparecidos contabilizados por la OIM perece en el Atlántico rumbo a Canarias.

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