Joan Ramón Sanchis Palacio
La corona crisis ha situado al teletrabajo como una opción más dentro de las relaciones laborales de las empresas y de las administraciones públicas. La situación de excepcionalidad laboral derivada del confinamiento, ha obligado a trasladar al hogar particular una parte del trabajo que hasta entonces se venía realizando en la oficina. De esta manera, se ha conseguido mantener gran parte de la actividad económica en sectores (educación, administraciones públicas, servicios de consultoría y asesoramiento, …) donde el teletrabajo es relativamente fácil de aplicar, asegurando así los servicios básicos a la ciudadanía. Esta forma de covid-teletrabajo nos ha ayudado a sobrellevar el confinamiento y a mantener parte de nuestra actividad laboral, lo que ha significado un elemento positivo para nuestra sociedad. Pero no hemos de olvidar varias cuestiones relevantes a la hora de hacer una valoración sobre este tipo de teletrabajo: se ha producido de manera urgente y obligada por la situación de excepcionalidad que estamos viviendo; ni existían ni se han dotado de los medios y los recursos necesarios para ello; y no existe una cultura empresarial favorable al teletrabajo. Estos tres elementos han influido negativamente en la manera con que se ha llevado a cabo, lo cual nos debería obligar a reflexionar sobre estas cuestiones y a abrir un debate en torno a las condiciones sobre las cuales se debería de aplicar.
El artículo 38.4 del nuevo texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado en 2019 señala que «Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa. En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años». Se abre así la posibilidad de hacer uso de esta forma de trabajar, con el fin de favorecer la conciliación de las personas. No obstante, es un artículo demasiado ambiguo, y sobre todo, no se regula el procedimiento y la metodología que se debería de aplicar en el caso de su uso por parte de una persona trabajadora. En este sentido, es importante destacar que el teletrabajo ha de obedecer a unos objetivos claros por parte de la organización y ha de estar planificado y gestionado mediante criterios de aplicación objetiva y clara. Falta, por tanto, una norma legal que regule las características y las condiciones del teletrabajo en España.
España es uno de los países que más horas de trabajo realiza y sin embargo es de los que menos productividad tiene.
JOAN RAMÓN SANCHIS PALACIO
Hasta la corona crisis, el teletrabajo en España representaba solo el 4,8% del trabajo en España, según un estudio realizado por el IVIE. Con el confinamiento, ha pasado a ser utilizado por un tercio de las personas ocupadas y a ser la única opción de trabajo en sectores como la educación. Estos datos alertan de la posible falta de eficiencia y eficacia con la que se haya podido desarrollar. Así, se están produciendo efectos perversos que conviene conocer y analizar. El mayor de ellos es el hecho de que pueden desaparecer los límites entre el ámbito familiar y personal y el ámbito laboral, de manera que se produce un abuso e incluso una autoexplotación de ello: estar disponible las 24 horas del día para atender cualquier cuestión del trabajo, jornadas laborales extenuantes, mayor precarización, usar recursos tecnológicos propios, … Y otro aspecto que incluso puede ser más relevante que el resto: la falta de socialización. El teletrabajo nunca debería suponer el 100% de la jornada laboral; las personas necesitamos relacionarlos y socializarnos con el resto y el abuso del teletrabajo puede afectarnos y provocar enfermedades psicológicas. Todo esto afecta especialmente a las mujeres, pues siguen siendo las que en su gran mayoría asumen las tareas domésticas y del cuidado de los hijos e hijas. Otro aspecto a tener en cuenta es que el teletrabajo es más probable en perfiles profesionales de cierta cualificación (trabajo administrativo, funcionariado, digitalización, …), lo que puede provocar un aumento de la dualidad que existe en el mercado de trabajo en España. Todo esto demuestra la necesidad de una regulación legal del teletrabajo.
Pero seguramente, el aspecto más complejo de resolver sobre este tema sea el de la cultura del trabajo que existe en la mayoría de las empresas y también de las administraciones públicas. Predomina la cultura de «calentar la silla», de manera que cuántas más horas estás presente en el lugar de trabajo, mejor valorado estás. No importa la capacidad de trabajo ni el mérito, solo importa llegar el primero al trabajo y salir el último. Esta cultura, que se asentó en España durante las décadas de mitad del Siglo XX, sigue funcionando en la actualidad. Por este motivo, España es uno de los países que más horas de trabajo realiza y sin embargo es de los que menos productividad tiene. Según datos de la OCDE, la media de jornada laboral en España es de 1.701 horas al año, solo superada por Italia (1.723), Irlanda (1.782) y Polonia (1.792) y muy lejos de países como Dinamarca (1.392) y Noruega (1.406). Además, nuestra jornada laboral es de las que más tarde finalizan: a las 20 horas, frente a Suecia que acaban a las 16 horas o Francia que acaban a las 18 horas. Sin embargo, la mayoría de estudios señalan que los países más productivos son los que trabajan menos horas, de manera que los primeros puestos del ranking en productividad son ocupados por los países que trabajan menos de 32 horas semanales. Este tipo de jornada laboral tiene diferentes efectos negativos sobre las condiciones laborales de las personas trabajadoras: menor motivación, mayor estrés, mayores dificultades de conciliación y menos tiempo de descanso, lo que aumenta la probabilidad de sufrir accidentes laborales. Es por esto que el teletrabajo puede ser una buena opción para ir reduciendo el predominio de esta cultura tan negativa y arraigada en el mundo laboral; siempre que se tenga en cuenta los posibles efectos negativos que el teletrabajo puede producir, claro está.
Puede ser interesante adoptar medidas enfocadas a potenciar en teletrabajo, pero sin duda se requiere de un gran esfuerzo, tanto económico como organizativo, para implantarlo en condiciones.
JOAN RAMÓN SANCHIS PALACIO
En la mayoría de países de Europa, el teletrabajo tiene un peso mucho mayor, y en los países del centro y norte está fuertemente consolidado y regulado. En España, la figura del freelancer ha sido muy excepcional y considerada como una rara avis, personas de espíritu libre muy particulares. Sin embargo, tras el confinamiento, el 71% de las personas trabajadoras en España consideran que el teletrabajo ha venido para quedarse, aunque hay un obstáculo importante que habría que resolver que es el del acceso a la tecnología (así lo señalan el 40% de los encuestados); según se indica en el estudio realizado por Citrix. Y aquí volvemos de nuevo al tema de la disponibilidad de medios y recursos necesarios para realizar el teletrabajo de manera eficiente y eficaz; lo que conecta con la capacidad financiera y tecnológica de la mayoría de las empresas. En el Estado español existe una estructura empresarial dominada por microempresas (menos de 10 trabajadores) y pymes (entre 10 y 250 trabajadores), que encuentran grandes dificultades para poder financiar sus inversiones. Una buena gestión del teletrabajo exige disponer de los recursos necesarios para ello, principalmente de recursos tecnológicos, pero también de formación a las personas trabajadoras. Este es un esfuerzo que no se había hecho hasta ahora y que en condiciones de crisis económica como la que vamos a atravesar durante el próximo año (o años?) después del cierre temporal de las actividades económicas y de la caída del consumo de una parte importante de la población, no parece que vaya a ser fácil resolver. En este contexto, el teletrabajo se hace mucho más complicado de aplicar en condiciones adecuadas. Por lo que la Administración Pública debería de diseñar un plan de actuación enfocado a ayudar a las empresas a crear las condiciones para el teletrabajo.
Por lo tanto, una vez se han comprobado los efectos positivos y negativos del teletrabajo, puede ser interesante adoptar medidas enfocadas a potenciarlo. Pero sin duda se requiere de un gran esfuerzo, tanto económico como organizativo, para implantarlo en condiciones. Todo dependerá del verdadero interés que pueda tener en la Administración Pública y en las empresas. Mientras tanto, muchos de nosotros vamos a tener que seguir teletrabajando, en mejores o peores condiciones, mientras dure la desescalada.
Hablaa más de las desventajas en lugar dd las ventajas que supone implantar el teletrabajo. Otros países como apuntos lo tienen más quw consolidado, en España siempre iremos a la cola por opiniones como la de este artículo.
El artículo no pretende descartar el teletrabajo ni demonizarlo. Lamento que se haya interpretado así por la persona que hace el comentario. Hablo más de las desventajas porque desgraciadamente el teletrabajo en España no está regulado y no hay una cultura empresarial favorable a éste. Esta es la realidad, se quiera o no se quiera ver. Por tanto, hay mucho por hacer. Pero sin ninguna duda, el mensaje del artículo es apostar por el teletrabajo, per en ningún caso como una forma más de explotación laboral. Creo que he sido muy claro. Sinceramente, no creo que España vaya a la cola en teletrabajo por artículos como el mío; no hagamos demagogia. Hay que buscar los problemas dentro del ámbito empresarial, no en los opinadores.