Y el rey, un Borbón para más señas, lo desbarató todo

No fue revolución social, si por tal se entiende la rápida y profunda transformación del Estado y de las estructuras de clase; tampoco una revolución política, que lleva aparejada una toma violenta y rápida del poder del Estado y eso no se produjo.

Por Víctor Arrogante

El pasado día 31 de Octubre, se han cumplido cuarenta y tres años, desde que el Congreso de los Diputados, aprobase el dictamen de la Constitución española, que fue sancionada mediante el referéndum del 6 de Diciembre de 1978. Recordando el acontecimiento, hablemos de constitucionalismo en España, pero no de ésta, sino de la de 1812, la de Cádiz ¡Viva la Pepa!, que Fernando VII se encargó de derogar.

Tiempos convulsos corrían. La historia va poniendo las cosas en su sitio y ahora parece que la Constitución de 1812 no fuese tan liberal. El texto establecía que la soberanía residía en la nación; se mantuvo la monarquía como sistema de gobierno; se adoptó un sistema electoral de representación; y se consagraba la religión católica como la oficial del Estado. De todas formas, el rey se encargó de desbaratarlo todo.

Muchos mitos pesan sobre La Pepa. La fecha de promulgación de la Constitución (19 de marzo), se hizo coincidir esta fecha, para homenajear a Fernando VII, en el cuarto aniversario de su llegada al trono en 1808. El rey estaba cautivo, y en su nombre, sancionó la Constitución Política la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes. La idea de redactar una constitución, no fue fruto de la presión de la burguesía, y mucho menos del pueblo llano, sino del vacío de poder dejado por el monarca. Cuando retorna a España establece la monarquía absoluta y declara nula y sin efecto toda la obra de las Cortes de Cádiz. Recupera el poder y lo hace con todas las consecuencias, destruyendo el régimen constitucional a sangre y fuego.

Tras meses de debate, las Cortes de Cádiz en 1812, promulgaban la primera Constitución de la monarquía española. La primera constitución liberal de la monarquía, hasta entonces absoluta. Su texto definía a la nación como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios y como españoles a todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las ‘Españas’ y los hijos de éstos. Se dice que con la aprobación de la Constitución gaditana, los españoles dejaban de ser súbditos para convertirse en ciudadanos, pero es mucho decir; es más un deseo que manipula la realidad. Nada tiene que ver con la concepción actual de ciudadanía.

El artículo 14 declaraba que «la Nación española es una Monarquía moderada y hereditaria». La potestad de hacer las leyes residía en las Cortes con el Rey, y a éste se le otorgaba la potestad de hacer ejecutarlas (rey, legislador, jefe de estado y presidente de gobierno). También decía que la «persona del Rey es sagrada e inviolable» y que no quedaba sujeta a responsabilidad. A Fernando VII, no le valió. El reino de las ‘Españas’ se hacía indivisible; y la sucesión al trono sería, desde la promulgación de la Constitución, hereditaria, por el orden regular de primogenitura y representación entre los descendientes legítimos, varones y hembras. En este caso ganaron las mujeres. Esta decisión dio lugar, al menos, a tres guerras Carlistas por la sucesión al trono.

La Constitución declaraba que la religión de la Nación española «es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera». La Nación la protegería por leyes sabias y justas, prohibiendo el ejercicio de cualquiera otra. Toda una declaración de intenciones que llega lastimosamente a nuestros tiempos. ¿Será por este modelo, por lo que les gusta tanto esta constitución, a buena parte de los miembros de la más insigne derecha española?

Era una Constitución «democrática», que afirmaba la soberanía de la nación y el derecho de sufragio. Pero no todos tenían los mismos derechos a la hora de votar. Establecía unas Cortes unicamerales, con diputados elegidos por Juntas provinciales, elegidas a su vez por sufragio universal masculino (aquí si se excluía a las mujeres). Quedaban fuera del sistema electoral: los servidores domésticos y en los territorios de América, los criados y los negros. Precisamente el artículo 25 estipulaba que el ejercicio de los derechos quedaba en suspenso: «Por el estado de sirviente doméstico» y «Por no tener empleo, oficio o modo de vivir conocido». Las mujeres, las clases inferiores y los negros, quedaban fuera del sistema democrático.

Es discutible la definición que se hace, de que supuso una revolución. No fue revolución social, si por tal se entiende la rápida y profunda transformación del Estado y de las estructuras de clase. Tampoco una revolución política, que lleva aparejada una toma violenta y rápida del poder del Estado y eso no se produjo. El trono estaba vacío y la monarquía no era un poder establecido. De modo que no fue en absoluto una revolución social, si acaso un conato de revolución política. En realidad las Cortes trataron de rellenar un vacío de poder, con un texto constitucional, bajo la apariencia de una restauración monárquica, que limitaba el poder real, suprimía algunos de los privilegios de la nobleza del Antiguo Régimen, declaraba a la nación como sujeto de la soberanía e instaurara un régimen representativo muy particular.

La obra constitucional implicaba, a largo plazo, una transformación del Estado y de la sociedad, que no pudo llegar a buen puerto. Los diputados legislaron, pero no tenían modo de garantizar su eficacia. Carecían de poder sobre el territorio de la nación ocupado por un ejército invasor. España tenía una Constitución, pero no tenía un Estado y la Constitución estuvo vigente, tan solo, en una pequeña parte del territorio peninsular. La historia se repite, y pasado el tiempo, el Reino de España, tampoco tuvo rey y la democracia orgánica, obstruía a la democracia real.

La Constitución y el régimen que creó, llevaba el germen de su propia destrucción: la restauración de la monarquía en la persona del rey Borbón, Fernando VII (padre de Isabel II, madre de Alfonso XII, abuela de Alfonso XIII, abuelo del rey emérito fugado a Dubái y bisabuelo del actual rey de España). El Deseado, era considerado persona sin escrúpulos, vengativo y traicionero, que nada más poner el pie en España se vio ya que hollaba (se lamentaba Modesto Lafuente).

El propósito del rey Felón, no fue otro que restablecer el absolutismo anterior a 1812 y lo hizo. Derogó la Constitución, persiguió a quienes la apoyaban, valiéndose de todas las artimañas posibles, violencia y represión. Todo quedó en lo que pudo haber sido.

1 Comment

  1. Las constituciones, como toda creación humana, son hijas de su tiempo por muy progresistas que se consideren en su momento histórico (¿acaso seguir considerando el capitalismo como otra cosa que neoesclavitud, y por tanto permitiendo que en una nación que se dice libre existan partidos que aboguen por ese neoesclavismo no es como los partidos esclavistas o machistas de antaño?). ¿Cuántas constituciones permitían el voto femenino en 1812 (no digamos el de negros)? ¿Hay que recordar a las sufragistas británicas de hace un siglo (las mismas que colocaban plumas en el pelo a los hombres que se negaban a ir a matar y morir en defensa de la oligarquía británica durante la 1ª Guerra Mundial, por cierto. No hay movimiento ni colectivo sin sombras)?

    Esperar a ppios. del XIX una constitución comunista o algo similar es un disparate. Por supuesto que era una constitución reaccionaria a ojos actuales, como la francesa de la Revolución y no digamos la británica (aunque RU no tenga una constitución «stricto sensu»), pero supuso un avance enorme respecto a lo que había antes y un fundamento sobre lo que haber seguido avanzando en futuras constituciones más progresistas. «El rey felón» efectivamente acabó con toda esperanza, los borbones han sido de hecho la peor dinastía regia que hemos sufrido, con la excepción de Carlos III.

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