El juez Juan Carlos Peinado

El auto subraya que “no se puede obtener la verdad real a cualquier precio” y recalca que las resoluciones judiciales deben estar debidamente motivadas para garantizar los derechos fundamentales.

Por Lucio Martínez Pereda | 31/01/2025

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado los registros realizados en agosto de 2024 en el domicilio y empresas del empresario Juan Carlos Barrabés, ordenados por el juez Juan Carlos Peinado. El tribunal considera que la decisión carecía de una justificación adecuada, vulnerando derechos fundamentales como la intimidad y la inviolabilidad domiciliaria. El juez basó su orden en la relación amistosa entre Barrabés y Begoña Gómez. Sin embargo, no presentó pruebas concretas ni datos objetivos que respaldaran la medida. Además, la Audiencia criticó la falta de proporcionalidad y necesidad en la resolución judicial. El auto subraya que “no se puede obtener la verdad real a cualquier precio” y recalca que las resoluciones judiciales deben estar debidamente motivadas para garantizar los derechos fundamentales.

La defensa de Juan Carlos Barrabés presentó varios argumentos clave contra los registros ordenados por el juez Peinado: alegaron que no existía ninguna sospecha ni indicio concreto de la comisión de delitos, calificando la medida como una “investigación prospectiva” sin base objetiva. La defensa señaló que se violaron los principios de especialidad, proporcionalidad, excepcionalidad y necesidad. Argumentaron que se adoptó la medida más gravosa sin explorar alternativas menos lesivas, como requerir información directamente a la empresa o consultar fuentes públicas. La defensa también indicó que el contrato investigado, adjudicado en 2017, ocurrió antes de que Barrabés conociera a Begoña Gómez y antes de que Pedro Sánchez asumiera la presidencia, lo que descartaría un supuesto tráfico de influencias. Y finalmente criticó que el auto del juez no cumplía con los requisitos legales y jurisprudenciales para justificar una medida tan intrusiva, desoyendo la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En este caso, la Ley de Enjuiciamiento Criminal juega un papel fundamental al establecer los límites y garantías en las actuaciones judiciales, especialmente en medidas intrusivas como los registros. Según la LECrim toda medida que afecte derechos fundamentales, como la inviolabilidad del domicilio, debe estar debidamente motivada y justificada con indicios claros de delito. La Audiencia Provincial anuló los registros al considerar que no cumplían estos requisitos. La ley exige que las medidas cautelares sean proporcionales y se adopten solo cuando sean estrictamente necesarias. En este caso, se cuestionó que no se exploraran alternativas menos gravosas antes de ordenar los registros. La LECrim protege el derecho del investigado a impugnar decisiones judiciales que vulneren sus derechos fundamentales, como ocurrió aquí con la defensa de Barrabés.

Se el primero en comentar

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo no será publicada.




 

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.