El nudo gordiano se ha materializado en las modificaciones que recoge la nueva norma en relación a las bases de cotización en los subsidios que reciben las personas desempleadas mayores de 52 años.
Por Pedro Labrado | 15/01/2024
No me he podido resistir tras unos días en los que todo el mundo habla y sabe de los subsidios por desempleo, de los que algunos estamos haciendo un máster en la materia, a reflexionar sobre el tema. La batalla en medios de comunicación, tertulias y redes sociales está siendo tan cruenta, tan llena de intercambios dialécticos en muchos casos llenos de inexactitudes, falsedades, indocumentaciones, manipulaciones y bajezas que queda claro que hay grandes intereses encontrados en la propuesta de modificación de esta prestación social tan relevante impulsada por el gobierno.
Una buena fuente de información sobre los pormenores materiales, personales y sociales de los subsidios por desempleo son las personas beneficiarias de los subsidios por desempleo. Hay quienes hablan y hablan de subsidios y ni siquiera conocen a alguien que los perciba, por supuesto no los han solicitado nunca ni han tenido que vivir largos periodos de tiempo con el extraordinario montante de 480 euros, importe actual de todos los subsidios por desempleo. El prisma con el que se mira este tema puede cambiar sustancialmente contando con esta información y/o con este aprendizaje, sobre todo desde el punto de vista subjetivo y humano.
Otra buena fuente de información y yo diría que la más importante, es el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), dónde se recogen en sus publicaciones todos los pormenores sobre los mismos, requisitos necesarios para solicitarlos y recibirlos, situación personal, tiempo en desempleo necesario, agotamiento de las prestaciones ordinarias y demás, en otros casos la edad del solicitante; esto último es muy importante para distinguir unos subsidios de otros. También se recogen plazos de cobro, adquisición y pérdida del derecho según los cambios de situación, condiciones para mantenerlo en el tiempo, los famosos sellados cada tres meses como demandante de empleo y las declaraciones anuales de rentas. También recoge el B.O.E. todo lo referido a las bases de cotización a la Seguridad Social de determinados subsidios, no todos tienen cotización a la Seguridad Social.
Pero hay un buen número de opinadores, informadores y periodistas, tertulianos, activistas en redes sociales que prefieren actuar y hablar de oídas, leer el BOE es muy árido y aburrido. Los que nos molestamos en leer las normas desde su preámbulo hasta su punto final nos sorprendemos con las afirmaciones categóricas que hacen algunos que están en total contradicción con lo que recoge la norma y que está publicada en el B.O.E. Aquí hago una aclaración, antiguamente tener acceso al B.O.E. podía ser dificultosa en muchos casos, era en papel y llegaba a dónde llegaba. Pero es que ahora toda la normativa está a un clic delante de una pantalla y un teclado con conexión a internet. No hay escusa para opinar con conocimiento exacto del contenido de las normas.
En algunos casos la normativa y su lenguaje jurídico puede quedar al albur de la interpretación, pero en otros casos es clara y concisa, si dice 6 meses, son 6 meses, nadie interpreta 5 o 7, si dice 125% es 125% no se puede interpretar 122% o 128%.
Pues en esas estamos con la propuesta de reforma del subsidio por desempleo recogida en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre que se sometió a ratificación en el Congreso de l@s Diputad@s el pasado 10 de enero y que fue finalmente rechazado por el Pleno.
La guerra de relatos, datos, afirmaciones, etc. está servida con sesudas disertaciones en forma de hilos en la red X, vídeos en Youtube, artículos de opinión de economistas, politólogos, etc. Tengo que reconocer que como rara avis hay algunos que tratan de ajustarse a la realidad, pero que la generalidad tienen la conclusión sacada de antemano y la disertación se centra en conseguir llegar a la conclusión sacada a priori.
Esta batalla se desata por la opción tomada por parte de los diputados y las diputadas de Podemos de votar en contra del controvertido RDL. Los defensores y detractores se lanzaron, primero, los defensores a afirmar que no hay recortes en la reforma y los detractores a que sí hay recortes; en segundo lugar, pasaron los defensores a afirmar que parecían recortes pero que realmente no lo eran en una suerte de catarata de cuentas cuando menos inexactas; En tercer lugar los defensores pasaron a afirmar que aunque sí pudiera recoger recortes también recogía mejoras en otros aspectos, un te doy por aquí y te quito por allá. Finalmente, algunos medios, algunos opinadores y algunos sindicatos que habían criticado el RDL afirmaban reconociendo los recortes que estos se compensaban con los avances y que se debiera de haber aprobado el tan traído Real Decreto Ley.
El nudo gordiano se ha materializado en las modificaciones que recoge la nueva norma en relación a las bases de cotización en los subsidios que reciben las personas desempleadas mayores de 52 años y que algunos tildan de recortes y otros de ajustes. ¿Hay recortes o no hay recortes?
Como economista me tengo que olvidar de los elementos subjetivos, de mis preferencias partidistas, que las tengo y que tal vez ya haya dejado entrever párrafos arriba, y remitirme a las matemáticas y al cálculo actuarial. Se debe coger la regulación actual en vigor y la que recoge la propuesta del gobierno con su RDL ya mil veces mencionado, hacer las proyecciones, creo que no menos de 25-30 años, de forma matemáticamente rigurosa, comparar los resultados de ambos modelos y sacar conclusiones.
A los que nos gusta el cálculo matemático intuimos, por las premisas de partida, cuál será el resultado de esa comparación, no nos cabe duda de que será a favor del modelo actual. La intuición no nos permitirá cuantificar exactamente la diferencia en euros constantes o deflactados entre los dos, pero sí que la diferencia es a favor de la regulación actual.
Reto a los sesudos economistas y matemáticos que puedan leer este artículo y no estén de acuerdo con mi conclusión intuitiva a que demuestren lo contrario con cálculos serios, fundamentados y exactos.
Para terminar, tres opiniones adicionales:
Los elementos que no afectan a los subsidios para personas en desempleo mayores de 52 años me parecen todas positivas y que se debieran aprobar lo antes posible.
Enfrentar al último con el penúltimo porque hay no se que agravio comparativo entre ellos, es argumento neoliberal y reaccionario.
Deja perplejo el trágala del todo o nada, el trágala de mezclar en un RDL varias materias.
Pero esos serían materia de otras columnas.
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