Regresividad Fiscal por riqueza

La progresividad impositiva no responde al “quién más tiene más paga”, no, lo que quiere decir es que el que más tiene, tiene que pagar más, pero de forma progresiva no proporcional, más que proporcionalmente.

Por Pedro Labrado | 15/02/2024

Que el sistema fiscal español no responde al mandato constitucional de la progresividad de este, es obvio, no hacen falta estudios muy sesudos para que se pueda afirmar sin margen de error.

Artículo 31 de la Constitución Española de 1978:

1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

La progresividad impositiva no responde al “quién más tiene más paga”, no, lo que quiere decir es que el que más tiene, tiene que pagar más, pero de forma progresiva no proporcional, más que proporcionalmente. Para que se entienda y utilizando la misma terminología entrecomillada anterior, “quién más tiene, tiene que pagar mucho más”

Esta obviedad de que el sistema fiscal español tiene serias carencias en cuanto a lo de la progresividad constitucional que cualquiera puede observar analizando someramente el mismo, explota de forma insultante cuando el estudio es pormenorizado y los datos no solo te ratifican en la percepción más intuitiva, sino que la constatan inapelablemente.

El día 12 de febrero publicaba el diario económico CINCO DÍAS los resultados del estudio “Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles” confeccionado por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), think tank español poco sospechoso de comunista y/o bolivariano con los últimos datos oficiales a 31 de diciembre de 2021.

En el estudio de FEDEA se constata que el tipo medio efectivo de la factura fiscal del colectivo con menos ingresos es mayor que el tipo medio efectivo del colectivo con mayores ingresos. Esto no es que rompa con la obligatoria progresividad que impone la Constitución, sino que también rompe con el principio de igualdad recogido en el mismo artículo. Se rompe este segundo principio porque para el resto de tramos entre los más “pobres” y los más “ricos” si hay en mayor o menor medida progresividad en la factura del fisco. Es decir, para determinados tramos si hay grados de progresividad, pero para el de los más acaudalados no.

Es en el último tramo, en el de las rentas mayores, dónde se rompe esa progresividad para pasar a lo que podríamos llamar “regresividad fiscal por riqueza”.

Además, parece que la tendencia es a que esta brecha inconstitucional se agrande ya que, con respecto al ejercicio anterior, el 2020, el tipo medio efectivo para el tramo de los “ricos” ha descendido insultantemente en 11,2 puntos porcentuales. Es decir, la brecha regresiva avanza.

Esta injusticia injustificada perpetuada en el tiempo requiere de una reforma en profundidad del sistema fiscal, reforma de la que se habla insistentemente pero que no termina de llegar nunca. Reforma que debe incluir reequilibrios entre el peso de la imposición directa, dónde se puede con mayor facilidad introducir progresividad, y la imposición indirecta, dónde la progresividad es inexistente. Igualmente se debe cambiar la fiscalidad de las rentas del capital, hoy bonificadas y protegidas en relación a las rentas del trabajo.

Pero entretanto llega esa reforma fiscal integral que recupere la justa progresividad que provoque un escenario que responda a los constitucionales principios de igualdad y progresividad, se hace urgente y necesaria la implantación de un impuesto especial a las rentas altas de ese tramo privilegiado con el sistema actual y que corrija esa situación de privilegio que disfrutan las élites económicas.

Llámese Tasa Ortega como está proponiendo PODEMOS en la campaña electoral de las elecciones al parlamento gallego, impuesto a las Grandes Fortunas o llámese Tasa para Compensar la Falta de Progresividad del Sistema Fiscal, el nombre da igual, lo importante es que se implante una figura que recaude lo que se está dejando de recaudar a la mayor brevedad posible.

Desde el 23,9% efectivo que, según el estudio de FEDEA, están pagando los grupos de población más acaudalados hasta el 34,9% que es el tipo medio que pagan todos los tramos hay un trecho muy importante que recorrer, es injusto que los más ricos se ahorren 10 puntos porcentuales en su factura fiscal con respecto a la media. Pero es que, si les comparamos con el tramo inmediatamente inferior, que paga un 39,9%, la brecha se amplía hasta los 15 puntos porcentuales. Son 189.000 privilegiados (el 1% de los contribuyentes, estimación de FEDEA) que cuánto más tienen menos impuestos pagan.

Hablamos de miles de millones que los más ricos y poderosos debieran de pagar a la Hacienda Pública pero que se quedan en sus egoístas bolsillos.

Para abundar en esta injustificada e injusta situación, este grupo que supone el 1% del total, su renta ha pasado de 280.551 € de media en 2020 a 426.228 € en 2021, un 51,9% mayor y solo han pagado un 3,2% más en impuestos totales, lo que ha hecho que su tipo medio haya pasado del 35,1% en 2020 al 23,9% en 2021. Crece la renta y correlativamente baja el tipo medio impositivo. Lo que he llamado con anterioridad “regresividad fiscal por riqueza”. Totalmente inconstitucional, al menos presuntamente.

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