El patrimonio de la Corona desde la Edad Media hasta la Transición

Por Eduardo Montagut 

La cuestión del patrimonio de la Corona es un asunto importante en la Historia de España por su dimensión económica, pero también cultural. No es una cuestión fácil de determinar, ya que las fronteras entre el patrimonio personal de cada monarca, el de la Corona y el correspondiente al Estado han sido muy borrosas y cambiantes, en función de varios factores, incidiendo, sobre todo, la distinta concepción sobre el Estado en sí, desde la situación patrimonialista, hasta la consolidación del Estado como un ente distinto. En este artículo no vamos a estudiar la aportación del Estado, en sus distintas etapas, a la Corona, sino de lo que ha ocurrido con el patrimonio de la misma a lo largo de la Historia.

Las Coronas de la Europa occidental desde la Edad Media podían tener como modelo el sistema romano imperial, como en tantas otras cuestiones, como hicieron sobre la concepción del origen de su poder, para intentar establecer los límites entre los distintos patrimonios. En el Alto Imperio se delimitaba muy claramente lo que pertenecía al erario, al fisco imperial y a la res privata del emperador. Pero la situación complicando con el tiempo, con una clara confusión entre los patrimonios asociados al cargo imperial y los privados o particulares. En tiempos de los visigodos tampoco estaban muy nítidos los límites, aunque en el siglo VII se planteó la distinción entre la hacienda del Estado y el patrimonio real, en los momentos en los que se buscaba estabilizar el reino de Toledo, muy complejo, especialmente por la existencia de una Monarquía electiva, que generaba una intensa inestabilidad política.

En la Alta Edad Media y en Castilla, el patrimonio real se componía de dos tipos de bienes. Unos eran pertenecientes a la vinculación aneja a la Corona, y otros adquiridos por los reyes de sus parientes antes o después de entrar a reinar. En la Corona de Aragón, por su parte, procedían de las contribuciones y derechos feudales que se aplicaban para el sostenimiento de la Casa Real, de forma relativamente parecida en cada reino que fueron componiendo esta especie de Confederación, aunque, al parecer, el patrimonio procedente de Valencia era de mayor consideración. La concepción pactista en la Corona de Aragón favoreció más el control del patrimonio real frente a lo que ocurría en Castilla donde los monarcas siempre gozaron de mucho más poder y fueron menos controlados por el ordenamiento jurídico y por las Cortes.

La Baja Edad Media fue una época en la que los patrimonios reales disminuyeron considerablemente, especialmente en Castilla, cuando los Trastámara hicieron muchas donaciones a la nobleza, especialmente con Enrique II, para asegurar su acceso y mantenimiento en el trono, las famosas “mercedes enriqueñas”. Los Reyes Católicos frenaron este proceso después de vencer en la última guerra civil castellana, pero el problema se reprodujo con los Austrias, ya que sus insaciables y continuas necesidades económicas debidas a las guerras europeas por sus intereses dinásticos les hicieron consumir gran parte del patrimonio real, enajenándolo o concediéndolo para recompensar servicios. El patrimonio real que procedía de la Corona de Aragón sufrió menos esta merma debido a las dificultades para disponer libremente de él por parte de la Corona, ya que el pactismo siguió en vigor hasta la llegada de los Borbones, y las respectivas Cortes de cada territorio eran muy celosas en esta materia, como en todas las cuestiones relativas a las relaciones con la Monarquía.

Un aspecto importante en relación con el patrimonio real en tiempos de los Austrias fue la creación de la Junta de Obras y Bosques en 1545 a instancias del entonces príncipe Felipe, para el régimen, gobierno y cuidado de los palacios, alcázares y bosques reales, además de para tratar de la construcción de edificios nuevos, de las obras y reparaciones que hubiera que hacer, y para la conservación de los jardines y de la caza, un recurso muy querido de todos los monarcas. Dependía directamente del rey y tenía suprema jurisdicción en materia de gobierno, justicia y gracia en todo lo relativo al patrimonio regio.

Los Borbones heredaron un menguado patrimonio que, además, generaba más gastos que ingresos. La Junta de Obras y Bosques fue suprimida en 1768, pasando sus funciones a depender de una Secretaría de Estado.

La Edad Contemporánea nació para esta determinada cuestión con el Estatuto de Bayona de 1808. En esta especie de Carta Otorgada se estableció una clara distinción entre el patrimonio real y el del Estado. El primero quedaría reducido a los palacios y sitios reales, así como a los bosques anejos. Este principio pasaría a la España liberal, intentándose establecer la diferencia entre uno y el otro. A partir de 1842 se elaboraron diversos proyectos para suprimir el patrimonio real, generando un intenso debate político y jurídico. En este sentido, destacó la intensa polémica generada en el año 1865. El gobierno decidió afrontar la endémica crisis presupuestaria enajenando parte del patrimonio real. El 75% de mismo pasaría para enjugar la deuda, y el 25% quedaría en manos de la Corona, en ese momento ocupada por Isabel II. Esta medida fue presentada por Narváez como un gesto de intensa generosidad por parte de la reina. Pero no toda la opinión pública lo interpretó así. Desde la prensa, Emilio Castelar creyó que, en realidad, era un robo ese cuarto con el que se quedaba la reina, ya que el patrimonio real era de la nación. Castelar fue castigado aprovechando esta crítica, ya que era un profesor comprometido dentro del juego de poder entre reaccionarios y librepensadores en la Universidad, siendo desposeído de su cátedra, provocando que los alumnos se manifestarán en la Puerta del Sol, siendo duramente represaliados en la conocida Noche de San Daniel del 10 de abril de ese año.

Con el Sexenio Democrático, en 1869, se aprobó otra ley sobre el patrimonio real, y con la Restauración canovista en 1876 salió otra disposición.

En tiempos de la Segunda República, la Real Casa y Patrimonio de la Corona de España desapareció. Las propiedades pasaron al Patrimonio de la República, según una ley de marzo de 1932. En tiempos de la dictadura franquista pasó a ser Patrimonio Nacional por una ley de marzo de 1940. La democracia cambió esta ley por otra de junio de 1982. El Patrimonio Nacional gestiona las residencias reales (palacios y sitios reales), bosques, jardines, parques, y algunos conventos y monasterios que fueron de Patronato regio. Depende del Ministerio de la Presidencia.

1 Comment

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo no será publicada.




 

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.