Los abusos de las empresas digitales: Deliveroo no le paga ni el salario mínimo a sus empleados de oficina

Xan Pereira

Deliveroo no paga ni el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a sus trabajadores y trabajadoras de la oficina, que prestan servicio técnico y soporte a los repartidores y repartidoras. Así lo afirma la Unión General de Trabajadores (UGT), que ha presentado una nueva denuncia contra la empresa digital ante la Inspección de Trabajo.

Deliveroo paga a estos trabajadores 5,34 euros la hora, algo inaudito para un personal técnico de alta cualificación a jornada completa y que supone un elemento más de precariedad de esta empresa. Además, para el cálculo de los complementos, como es la nocturnidad, también se utiliza esta base por hora, por lo que supone un elevado perjuicio tanto para los trabajadores como para las cotizaciones a la Seguridad Social, según la información de UGT.

Esta denuncia, presentada el 25 de julio, se une a la ya ganada ante el Juzgado de lo Social de Madrid la pasada semana, por la que la justicia reconoce el fraude de Deliveroo y le obliga a considerar a los repartidores como empleados de la empresa, no como autónomos.

Por convenio, deberían cobrar 9,29 euros la hora

UGT recuerda que Deliveroo es una empresa dedicada al reparto de comida a domicilio. Por tanto, su actividad se inscribe con claridad en la hostelería y el convenio de aplicación debe ser el de Hostelería. Por ello, el sindicato reclama que se aplique este convenio y que, como mínimo, se establezca a dichos trabajadores en el nivel salarial III A del convenio provincial de Hostelería de Madrid. Con este nivel, pasarían a ganar un bruto anual de 16.713,48 euros y el valor de la hora de trabajo sería de 9,29 euros.

UGT exige, además, que, como marca la ley, Deliveroo introduzca un control de la jornada y que se cumpla con un calendario de trabajo, ya que en la actualidad no existe un registro horario de cada trabajador en la oficina.

Cuesta comprender que una empresa puntera en la digitalización y en el control exhaustivo de los repartidores hasta el último detalle, como expone la última sentencia, no pueda controlar la jornada de los trabajadores de la oficina. «Un síntoma más del ánimo de la empresa por continuar defraudando a la Seguridad Social y a sus trabajadores«, indican desde UGT.

Deliveroo deberá explicar ante la Inspección de Trabajo qué convenio aplica, por qué paga a los trabajadores un salario por debajo del SMI y por qué no registra su jornada laboral, como dice la ley.

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