La mentira de la educación gratuita

Escrito e ilustrado por David González Gándara

La Constitución Española establece claramente en su artículo 27: «La enseñanza básica es obligatoria y gratuita». Esto no es sorprendente, ya que España firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 26 dice: «La educación debe ser gratuita, al menos en lo corcerniente a la instrucción elemental y fundamental». Aunque es sabido que no es sencillo delimitar los límites de los derechos fundamentales, en el caso de la educación resulta complicado encontrar donde el ejercicio de este derecho entra en conflicto con los derechos de otras personas, como ocurre, por ejemplo, con el derecho a la información o la libre expresión. En las Leyes Orgánicas se suelen delimitar los derechos fundamentales con más detalle. Y la Ley Orgánica de Educación, del 2006, aún en vigor, así lo hace. A continuación, el contenido del artículo 88.

«1. Para garantizar la posibilidad de escolarizar a todos los alumnos sin discriminación por motivos   socio-económicos,   en   ningún   caso   podrán   los   centros   públicos   o   privados concertados  percibir  cantidades  de  las  familias  por  recibir  las  enseñanzas  de  carácter gratuito,  imponer  a  las  familias  la  obligación  de  hacer  aportaciones  a  fundaciones  o asociaciones  ni establecer servicios obligatorios, asociados a las enseñanzas, que  requieran aportación económica, por parte de las familias de los alumnos. En el marco de lo dispuesto en  el  artículo  51  de  la  Ley  Orgánica  8/1985,  de  3  de  julio,  reguladora  del  Derecho  a  la Educación,   quedan excluidas de   esta   categoría   las   actividades   extraescolares,   las complementarias, y los servicios escolares, que, en todo caso, tendrán carácter voluntario.

2. Las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de las enseñanzas de carácter gratuito.»

Como se puede ver, sigue quedando claro que la ley prohíbe a las Administraciones Públicas recibir cualquier tipo de cantidad económica obligatoria. Parece que la ley permite recibir cantidades por actividades extraescolares o complementarias, pero el artículo 51 de la LODE que se menciona se refiere a la enseñanza privada. En concreto a la concertada.

A pesar de todo esto, es increíblemente común que los centros educativos establezcan todo tipo de pagos obligatorios. El más cuantioso suele ser el de os libros de texto. Es cierto que los centros educativos no perciben las cantidades que se cobran por ellos, pero en muchos casos sí que ejercen presión para que las familias sientan que su compra es obligatoria. Incluso en algunos centros se dice explícitamente que las familias están obligadas a comprarlos. En ciertos casos se llega incluso a amenazar con consecuencias académicas en caso de no hacerlo. Esto es una interpretación muy perversa de la ley, que no menciona explícitamente la prohibición de exigir pagos a empresas, pero el sentido común indica que es aún más grave que exigir un pago al colegio, donde el dinero, en todo caso tendría que ser empleado para la mejora de la educación. El hecho es que ya se ha asumido por la práctica general que es aceptable exigir este gasto a las familias, y sobre todo, bajo la excusa de que muchas familias pueden solicitar ayudas públicas para este pago.

Este no es el único pago que las familias se pueden sentir presionadas a hacer. También es una práctica común encargar una lista de material para su uso por parte del alumnado en el aula. Bajo la apariencia de una lista de material recomendado para su libre compra, se esconde una exigencia de la compra de este material. Las consecuencias de no adquirirlo pueden ir desde una simple advertencia, a la amenaza de no poder participar en las clases, o suspender la asignatura. En ciertas ocasiones, en esta lista se incluyen ciertas marcas, no precisamente las más baratas. Es habitual, además, que este material deba ser llevado al centro para que sea el profesorado el que lo distribuye entre el alumnado como mejor le parezca. No sería raro ver como el profesorado utiliza papel adquirido por el alumnado para hacer fotocopias de uso personal.

Después de muchos años de estas prácticas, algunos centros se han ido creciendo en la aplicación de ellas. No es raro, por ejemplo, encontrar situaciones en las cuales directamente se pide al alumnado una cantidad de dinero para que sea el centro educativo el que adquiera el material. Esta cantidad a veces llega a ser bastante alta. No es difícil encontrar en Internet relatos como el de esta familia que cuenta como en su colegio se piden 225 euros. El problema parece especialmente grave en Cataluña, donde el gobierno ha exigido oficialmente que los colegios publiquen estas cuotas en sus páginas web. También he conocido casos que ya rozan el absurdo. Por ejemplo, contratar a una empresa que alquila tablets que suponen cuotas de unos cincuenta euros al curso, alegando que es una gran ventaja, ya que así no es necesario comprar los libros de texto. La situación más dantesca que he conocido es una profesora que comunica a las familias la obligatoriedad de comprar una pulsera electrónica para la clase de educación física, justificando también que este gasto les evita tener que adquirir un libro de texto.

Por último mencionaré algunas prácticas que son más invisibles, pero igual de graves. Cuando los niños y las niñas se van de excursión se anima a que lleven dinero para que puedan hacer sus compras. He visto casos en los que las familias les dan hasta cincuenta euros. Lo que parece inocuo es una herramienta fortísima para remarcar las desigualdades. No creo que esto sea una manera de fomentar la equidad en la educación. Las conclusiones de este informe publicado por el Síndic de Greuges remarcan la desigualdad ya creada por políticas de este tipo.

Hablando de este tema con algunas personas que trabajan en centros educativos, lo que más he encontrado es el típico pensamiento: «pues es lo que se hace en todas partes. Si no fuese legal, alguien diría algo». Unas poquitas personas argumentan que lo que hacen las familias en los casos descritos arriba son gastos voluntarios, o incluso donaciones. Y en casi todas partes de alega que los fondos que reciben los centros educativos no son suficientes para una enseñanza de calidad.

Con respecto a esto último, sin entrar a discutir la eficiencia de gestión de los centros educativos, y admitiendo que los fondos asignados no son suficientes, considero que existen otras soluciones para este problema. Se podría buscar financiación de entidades privadas locales, o recurrir al crowdfunding. La ley no prohíbe la captación de fondos de este tipo por parte de los centros. Me parece terriblemente injusto cargar con este gasto a las familias. Sobre todo por que se rompe el principio de equidad. Casi siempre son las familias más desfavorecidas las que se van a quedar sin los mejores materiales o sin la excursión. «Bueno, en el caso de que una familia no pueda, siempre se les puede ayudar». «No pueden comprar el libro, pero tienen un móvil de 200 euros». «No pasa nada, el que no puede pagar la excursión no tiene que hacerlo, es voluntaria». No sé que opinan, pero yo no quiero esta educación ni esta sociedad.

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