La ‘Ley Mordaza’: 11 años amenazados

Desde su entrada en vigor, esta normativa ha operado como un mecanismo de contención del conflicto social.

Por José Luís Carpintero | 7/07/2026

La conocida como “ley mordaza” se ha consolidado en España como uno de los instrumentos más controvertidos y regresivos en materia de derechos fundamentales de las últimas décadas. Lejos de garantizar la seguridad ciudadana, su aplicación ha generado un clima de autocensura, miedo y desprotección que afecta directamente a la libertad de expresión, el derecho de reunión pacífica y el acceso a la información.

Los datos evidencian con claridad esta deriva. En los primeros siete años, se impusieron cerca de 300.000 sanciones basadas únicamente en dos preceptos: el artículo 36.6 —relativo a “resistencia, desobediencia o negativa a identificarse”— y el artículo 37.4 —sobre “faltas de respeto a la autoridad”. Estas dos categorías concentran el 77% del total de sanciones en materia de seguridad ciudadana, lo que revela no solo su uso intensivo, sino también su carácter ambiguo y expansivo. Se trata de tipificaciones lo suficientemente abiertas como para permitir una interpretación discrecional, donde la línea entre el mantenimiento del orden y la represión del disenso se vuelve peligrosamente difusa.

Desde su entrada en vigor, esta normativa ha operado como un mecanismo de contención del conflicto social. Las sanciones administrativas —frecuentemente elevadas y ejecutivas sin intervención judicial previa— han sustituido al control garantista de los tribunales. En la práctica, esto desplaza la carga de la prueba hacia el ciudadano, que debe recurrir y litigar para defenderse, enfrentándose a un sistema que favorece la presunción de veracidad de los agentes.

El impacto sobre la libertad de expresión es particularmente preocupante. Bajo el paraguas de la “falta de respeto”, se han sancionado conductas que forman parte del ejercicio legítimo de la crítica, especialmente en contextos de protesta o intervención pública. Este tipo de aplicación no solo limita el derecho a expresarse libremente, sino que instala una lógica de autocensura incompatible con una democracia plural.

En el ámbito del derecho de reunión, la ley ha contribuido a desactivar la protesta como herramienta política. La posibilidad de ser sancionado por participar en concentraciones no comunicadas o por actos simbólicos ha reducido el espacio de la movilización ciudadana, especialmente entre quienes no pueden asumir el riesgo económico de una multa. Protestar deja de ser un derecho efectivo para convertirse en un privilegio condicionado.

Tal como denunció Amnistía Internacional, esta legislación ha extendido “un manto de impunidad que restringe y debilita el derecho a la protesta”. La combinación de amplios márgenes interpretativos, sanciones administrativas y escasos mecanismos de rendición de cuentas configura un sistema en el que el poder sancionador del Estado opera con una preocupante asimetría frente a la ciudadanía.

El problema de fondo es profundamente democrático. Cuando una norma concentra su eficacia en sancionar la discrepancia y disuadir la participación, deja de ser un instrumento de convivencia para convertirse en una herramienta de control social. La acumulación de más de 291.000 sanciones bajo categorías ambiguas no es una anomalía estadística: es el síntoma de un modelo que ha normalizado la restricción de derechos fundamentales.

Revisar esta ley no es solo una cuestión jurídica, sino una exigencia democrática. Porque cuando expresar, informar o protestar conlleva el riesgo de sanción, lo que se erosiona no es únicamente la libertad individual, sino el propio tejido cívico sobre el que se sostiene una sociedad abierta.

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