Informe GREVIO 2021: España, aún queda mucho por hacer para erradicar el virus de la violencia machista

Por Laura Isabel Gómez García

El jueves 21 de enero del presente año, conocimos el Informe de Evaluación  https://www.igualdad.gob.es/comunicacion/notasprensa/Paginas/el-informe-del-grevio-insta-al-gobierno-de-espana-.aspx publicado por GREVIO, (Grupo de Expertos/as en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica) https://www.coe.int/en/web/istanbul-convention/grevio, sobre medidas y políticas públicas tomadas en materia de violencia de género y violencia contra las mujeres. Este Informe es respuesta al enviado por España en enero de 2019 previamente; medidas y políticas que van encaminadas a cumplir el Convenio de Estambul, (Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha Contra la Violencia Contra las Mujeres y la Violencia de Género), y que algunos de los Estados miembros de la UE han ratificado comprometiéndose así a cumplirlo. 

El Informe, del que vamos a hablar en el presente artículo, es parte del proceso de evaluación, mediante el cual se evalúa el nivel de cumplimiento del Convenio en cuanto a medidas legislativas y sus prácticas para luchar, prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres en nuestro país

Para poder entender bien los resultados del Informe, y la importancia que éste tiene, vamos hacer un poco de pedagogía ya que para quien no conoce el tema puede resultar algo complejo si no se sabe a qué nos estamos refiriendo.

 

¿Qué es el Convenio de Estambul? 

El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia de género y violencia contra las mujeres, más conocido como “Convenio de Estambul”, es el Convenio del Consejo de Europa creado con el objetivo de luchar contra la violencia por razón de sexo hacia las mujeres, firmado en Estambul en el año 2011 y que entró en vigor el 1 de agosto de 2014. ​

España firmó y ratificó el Convenio en 2014.

Este Convenio es de carácter vinculante dentro del ámbito europeo en todo a lo que, en materia de violencia sobre las mujeres, se refiere; y está considerado como el tratado internacional más completo y de mayor índole en la lucha contra la violencia de género y violencia machista de toda clase. El Convenio de Estambul eleva a violación de los Derechos Humanos las violencias ejercidas contra las mujeres por razón de su sexo y focaliza las medidas para erradicarlas en tres ejes: ​ medidas de prevención, medidas de protección a las víctimas y medidas legislativas que condenen a los asesinos y agresores. 

Los delitos contemplados por el Convenio como forma de violencia contra las mujeres por razón de sexo son: la violencia psicológica, la violencia física y la violencia sexual; así como, el acoso, la mutilación genital femenina, los matrimonios forzados, el aborto forzado, y la esterilización forzada. Los Estados que han ratificado el Convenio están obligados a introducir reformas en su legislación que contemplen estas violencias como delito.

En lo que a violencia sexual se refiere, el Convenio de Estambul la entiende desde una premisa bien clara en cuanto al consentimiento:

 “El consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación de libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes”. 

Es por ello que, tras el caso de La Manada de Pamplona en 2016, España tuvo que abordar el tema del consentimiento dentro de su legislación y que dio como resultado la Ley de Libertad Sexual que va a ser aprobada próximamente en nuestro Parlamento.

Existen datos estadísticos demoledores publicados en 2017 por el Consejo de Europa https://www.coe.int/en/web/istanbul-convention/home?desktop=true que justifican la necesidad de un Convenio como este y la ratificación del mismo:

  • 2 de cada veinte mujeres ha sido violada
  • 1 de cada 3 mujeres de la UE ha sido víctima de violencia física o sexual desde los 15 años, y 1 de cada 3 ha sido víctima de violencia sexual y/o física, por parte de un adulto, en la infancia
  • 1 de cada 3 mujeres ha sufrido abuso psicológico por parte de una pareja
  • Más de la mitad, un 55 %, de las mujeres ha sufrido acoso sexual

Avances y logros de España en materia de lucha contra la violencia machista

El Gobierno español presentó el 31 de enero de 2019 el Informe de las medidas implementadas entre 2016 y 2017 según lo requerido por GREVIO, aunque también se pudieron añadir otros importantes avances implementados más allá de 2017, entre ellos: el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género firmado en 2017 https://violenciagenero.igualdad.gob.es/pactoEstado/home.htm , la Macroencuesta de Violencia Contra la Mujer del año 2019 https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaEnCifras/macroencuesta2015/Macroencuesta2019/home.htm , o las mejoras introducidas en el Sistema de Evaluación del Riesgo para la Víctima que utiliza la policía.

En el Informe de enero de 2019, enviado por España a GREVIO, también se han incluido políticas públicas y legislación en materia de violencia contra las mujeres que están por venir, tales como: la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la Estrategia Nacional de lucha contra las Violencias de Machistas 2021-2025, la ampliación y mejora del teléfono de atención a las víctimas (el 016), y la ampliación del sistema encargado de recopilar los datos sobre los casos de violencia machista que se producen en todo el territorio español.

GREVIO valora positivamente estas actuaciones del Estado Español, y destaca la determinación con la que España está encaminada en implementar todas estas medidas de mejora en la prevención y lucha contra la violencia de género y violencia contra la mujer, en general.

 

Carencias: mucho por hacer aun

Por otro lado, lejos de triunfalismos, el reciente Informe de evaluación publicado por GREVIO detecta las aún muchas carencias que hay que subsanar, y metas por alcanzar en las que el Gobierno de nuestro país ha de dirigir sus políticas e instituciones públicas, con el fin de poder alcanzar el pleno cumplimiento del Convenio de Estambul que España ratificó y que está obligado a cumplir. 

Las carencias a corregir y las metas a alcanzar a las que se refiere GREVIO son:

  • La necesidad de abordar de manera integral todas las formas de violencia contra las mujeres contempladas en el Convenio

 

  • La coordinación entre las diferentes instituciones competentes

 

  • La garantía de proporcionar niveles de protección y asistencia integral a todas las formas de violencia
  • Las CC.AA deben poder prestar apoyo total y absoluto a las víctimas de todas las violencias machistas

 

  • Mejorar la seguridad y protección de los más vulnerables, los y las menores que viven en entornos donde sus madres sufren violencia de género

 

Desde GREVIO para España:

Resultados del Informe de noviembre de 2020

Enmarcadas en este propósito de mejora, GREVIO, en su Informe ha indicado al Gobierno propuestas acorde al compromiso adquirido por nuestro país dentro del Convenio de Estambul y que en los próximos cuatro años deberán ser prioritarias en la agenda del Ministerio de Igualdad y del Gobierno. Cabe mencionar que España deberá volver a rendir cuentas ante el comité a finales del año 2023.

 

  • Mejorar la implementación del Convenio de Estambul en relación a todas aquellas formas de violencia que reciben en este momento menos atención en la legislación, las políticas públicas y programas españoles, adoptando para ello un enfoque holístico en la prevención, protección y persecución de tales formas de violencia. Esto es de particular importancia en relación con la violencia sexual, el acoso sexual, el matrimonio forzoso, la mutilación genital femenina y el aborto/esterilización forzosos
  • Fortalecer las medidas de prevención y a luchar contra la violencia que afecta a las mujeres que están o podrían estar expuestas a discriminación interseccional, lo cual abarca mujeres con algún tipo de discapacidad, mujeres pertenecientes a grupos minoritarios, incluidas las gitanas, las mujeres migrantes y solicitantes de asilo, mujeres LGTBI
  • Garantizar que la recogida y recopilación de datos se extienda a todas las formas de violencia contra las mujeres contempladas en el Convenio de Estambul, en particular la violencia sexual, el matrimonio forzoso y la mutilación genital femenina
  • Mantener y desarrollar esfuerzos para involucrar a la sociedad en general, en particular a hombres y niños, a través de programas de prevención, campañas y otras medidas de base comunitaria como forma de prevenir y luchar contra las diferentes formas de violencia contra las mujeres
  • Continuar con sus esfuerzos de sensibilización en torno a la violencia contra las mujeres y a que su implementación incluya todas las formas de violencia contempladas por el Convenio de Estambul, en particular la violencia sexual y la violencia digital
  • Aumentar sus esfuerzos proporcionando información a todas las víctimas de violencia contra la mujer
  • Adoptar un enfoque coordinado y amplio en la prestación de servicios médicos y forenses a las víctimas de violación y agresión sexual que vincule a las fuerzas y cuerpos de seguridad a otras agencias oficiales relevantes y profesionales médicos capacitados para satisfacer las necesidades de estas víctimas de manera compasiva y sensible a sus experiencias traumáticas
  • Proporcionar o coordinar servicios de apoyo especializados para mujeres desde un enfoque de género en todas las comunidades autónomas y para todas las formas de violencia contempladas en el Convenio de Estambul
  • Tomar medidas promoviendo, en todas las comunidades autónomas, un completo mapeo de los servicios de apoyo especializados existentes en casos de violación y violencia sexual, acecho, acoso sexual, matrimonio forzoso, mutilación genital femenina y aborto/esterilización forzosos con el fin de subsanar, según las necesidades, las lagunas en la prestación de servicios
  • Tomar medidas a fin de establecer un número suficiente de centros que deriven a las víctimas en situaciones de violación o violencia sexual que sean accesibles a víctimas de estos delitos (…) garantizando apoyo psicológico y jurídico y la derivación a organizaciones especializadas
  • Revisar el nivel de gravedad requerido para determinar que una conducta sea calificada como acecho en virtud del artículo 172 del Código Penal español
  • Proseguir con las modificaciones del Código Penal a fin de que el delito de violación tipifique la falta de consentimiento de forma que se pueda articular en la práctica de forma eficaz por las fuerzas de seguridad, la fiscalía y el poder judicial
  • Introducir formación y orientaciones para todos los integrantes del sistema de justicia penal que garanticen la comprensión del significado de lo que es la violación y la violencia sexual en tanto que delitos basados en la ausencia de consentimiento, no en la utilización de la fuerza
  • Alinear la definición de acoso sexual del Código Penal español con la establecida en el artículo 40 del Convenio de Estambul ampliando su alcance a fin de asegurar su aplicabilidad en todos los ámbitos de la vida, públicos y privados, y eliminando cualquier requisito de intimidación, hostilidad o humillación objetivas y graves
  • Dotar a todas las autoridades policiales pertinentes de los recursos, conocimientos y competencias que les permita dar una respuesta pronta y eficaz a todas las formas de violencia contempladas en el Convenio de Estambul, en particular en relación con la violencia sexual, el matrimonio forzoso y el acecho
  • Reforzar la asunción de la perspectiva de género en y la calidad del trabajo de las unidades de valoración forense en relación a todos los casos en los que emiten denuncias a los tribunales, en particular en relación con los delitos de violación y agresión sexual, así como de violencia de la pareja o expareja
  • Identificar y abordar en la mayor brevedad todos los factores legislativos y procesales que contribuyen a que exista un umbral de suficiencia probatoria excesivo en los juicios en relación a la violación, tomando como referencia el principio de ahorrar a las víctimas la experiencia traumática que supone los procedimientos judiciales y de investigación
  • Garantizar que las víctimas de todas las formas de violencia cubiertas por el Convenio de Estambul tengan acceso de jure y de facto a asistencia letrada en una etapa temprana del procedimiento 

 

Fuente: https://www.igualdad.gob.es/comunicacion/notasprensa/Paginas/el-informe-del-grevio-insta-al-gobierno-de-espana-.aspx

 

Más información en:

https://plataformaestambulsombra.wordpress.com/

https://plataformaestambulsombra.wordpress.com/documentos-de-trabajo/

https://plataformaestambulsombra.wordpress.com/sala-de-prensa/

 

¿La violencia machista no existe?

 

Según datos de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, la respuesta a esa pregunta es clara. La violencia de género/machista sí existe y ha asesinado a más mujeres y menores en 17 años que ETA en 40.

  • 45 mujeres han sido asesinadas a manos de sus parejas/exparejas en España en el 2020

 

  • 1076 mujeres asesinadas desde el 1 de enero de 2003 que es desde cuando se tienen cifras oficiales

 

  • 24 menores han quedado huérfanos y huérfanas pro violencia machista en el pasado 2020 (más dos casos más aun en investigación)

 

 

  • Datos por comunidades autónomas:

 

– Andalucía, con 9 mujeres asesinadas, y Cataluña, con 8, son las que más casos de terror machista contabilizaron en 2020. Las siguen el país valenciano con cinco

 

  • Por edades:

– Las mujeres de 41 a 50 años son el grupo más números de asesinadas, con 12 mujeres

– De 31 a 40 con 10 asesinadas

 

  • De todas las 43 mujeres asesinadas, 26 eran españolas

 

  • Solo en 6 casos con víctimas mortales existían denuncias previas contra los maltratadores y tan solo 1 con medidas de protección vigentes

 

  • Se estima que 34 de las mujeres convivían con su agresor

 

  • De las 43 asesinadas, 11 lo fueron a manos de su ex pareja (o en proceso de separación)

 

  • Los y las menores asesinados por violencia de género, en España, desde 2013, año en el que empezaron a entrar en el registro oficial de víctimas, son 37

 

  • Por edades, los grupos más numerosos son el de 41 a 50 años, con 12 mujeres, y el de 31 a 40 años, con 10

 

  • De las víctimas mortales, 26 eran españolas

 

  • En 38 casos de los 45, no existían denuncias previas contra los agresores y tan solo en 1 había medidas de protección vigentes

 

  • Al menos 34 de las mujeres convivían con su agresor. Solo en 11 casos se trataba de su ex pareja o estaba en proceso de serlo

 

  • El número de víctimas (no mortales) de la violencia machista durante el tercer trimestre de 2020 fue de 41.513

 

  • Los órganos judiciales recibieron 12.179 solicitudes de órdenes de protección

 

 

  • El número de sentencias dictadas por juzgados de violencia sobre la mujer, juzgados de lo penal y audiencias provinciales, en el tercer trimestre de 2020 fueron de 11.547

 

Negar la violencia contra las mujeres es también un modo de terrorismo machista, pues ampara a los agresores, culpa a las víctimas, las niega y pisotea su memoria. Negar la evidencia de que vivimos en una sociedad machista en la que las mujeres sufrimos violencia solo por nuestro sexo es inmoral e indecente. La violencia de género se condena, se combate y se lucha activamente por prevenirla.

 

 

Más información de estadísticas oficiales:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/El-Observatorio-contra-la-violencia-domestica-y-de-genero/

https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-denuncias-violencia-genero-cayeron-146-segundo-trimestre-2020-confinamiento-20201002113725.html

https://www.epdata.es/datos/violencia-genero-estadisticas-ultima-victima/109/espana/106

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