Hablando sobre deportados españoles a campos nazis (XXV)

En Nürenberg hubo hasta doce juicios después de ese primero que había creado jurisprudencia al juzgar esos crímenes no contemplados, hasta ese momento, en ningún Código Penal de país alguno. Fue, desde luego, uno de esos grandes acontecimientos –muy pocos, desde luego-, que a veces se viven en la historia.

Por Pepe Sedano | 8/12/2023

XXV.- LA CÚPULA NAZI EN EL BANQUILLO: NÜRENBERG, DACHAU…

Iniciamos el capítulo XXV para los lectores de la revista on line NR. Como hemos venido haciendo en capítulos anteriores, es decir, contar –en capítulos independientes cada uno pero con un hilo conductor- el camino y lo que les pasó a los republicanos españoles que fueron deportados a campos de concentración nazis durante la II Guerra Mundial. La mayoría de ellos no pudo celebrar el día que se fueron abriendo las puertas de todos y cada uno de ellos pero, sobre todo, pudieron comprobar que también se hizo “Justicia” –lo entrecomillo porque la Justicia no fue justa con todos. Había que dar un “escarmiento” de cara a la galería y así se hizo-, con aquellos que habían llevado a Europa a un apocalipsis total, los que hicieron posible que la II Guerra Mundial se desarrollara tal y como fue diseñada aunque comprobaron –conforme fueron avanzando los frentes-, que una cosa es hacer una guerra sobre un mapa y otra es llevarla a la práctica con todos los parámetros que hay que sopesar ante miles de eventualidades que se pueden presentar y que, de hecho, se presentaron. El Juicio de Nürenberg fue el primero y el más importante puesto que en el mismo se juzgaba a la Plana Mayor del nazismo, bueno… a los que quedaban vivos. Algunos fueron tan cobardes que se quitaron la vida antes de que les detuviesen, tuvieran un juicio –sus víctimas no lo tuvieron-, se les condenara y se cumplieran las sentencias a la que cada uno fue condenado.

Pero hubo muchos más, sobre todo para los responsables de todas las muertes que tuvieron lugar en los campos de concentración, en unidades de las SS como pudieron ser las Waffen-SS (recuérdese la masacre que llevó a cabo la Segunda División Panzer de las Waffen-SS, la División “Das Reich”, en el pequeño pueblo galo de Oradour-sur-Glane, el 10 de junio de 1944, donde masacraron sin piedad a los 642 habitantes como consecuencia de un atentado que se le hizo a una unidad del Regimiento “Der Führer –perteneciente a esta División-, cuando marchaban hacia el norte de Francia para intentar detener el desembarco en Normandía el 6 de junio de ese año, de ellos 21 eran españoles. La historia de uno de ellos, almeriense, en mi libro “Sin misericordia con José Serrano. Sangre en Oradour-sur-Glane, dolor en Purchena”) o los Einsatzgruppen que fue el nombre dado a un conjunto de escuadrones itinerantes especiales formados por miembros de las SS, SD y otros miembros de la policía secreta, que iban ejecutando a la población civil, sin supervisión judicial, ni legal alguna, principalmente a judíos, gitanos, comisarios políticos, prisioneros de guerra… Las cifras oscilan entre el millón cuatrocientos mil y millón quinientos mil asesinatos a sangre fría. Este colectivo tendría su juicio expresamente para los responsables de estos grupos llamados –también-, “escuadrones de la muerte”.

Habíamos visto, en el capítulo anterior, quiénes fueron los gerifaltes nazis que se sentaron en el banquillo de aquel primer juicio que tuvo lugar en Nürenberg (Alemania). Ese juicio comenzó el 20 de noviembre de 1945, o sea, seis meses después de la capitulación nazi, y finalizó el primero de octubre de 1946, casi un año después de su inicio. Los que se sentaron en el banquillo habían sido “seleccionados”. Así había personalidades del mundo económico, diplomático, político y militar. Con anterioridad a este juicio jamás en ningún Código Penal de país alguno se había tipificado los delitos de crímenes contra la Humanidad o de Lesa Humanidad, al igual que el delito de genocidio. En este sentido Nürenberg iba a ser el primero en aplicar ese tipo de delitos y contemplar sentencias en relación al delito cometido, tal y como sucedió.

En este juicio actuaron cuatro Fiscales principales ya que cada uno de estos representaba a una potencia ganadora de esta guerra que acababa de terminar. Así, en el Tribunal Militar Internacional (el IMT) intervinieron Robert H. Jackson (por Estados Unidos), François de Menthon (que representaba a Francia), Sir Hartley Shawcross (que representaba a Gran Bretaña) y, por último, Roman A. Rudenko (que lo hacía por la Unión Soviética). Todos ellos presentaron acusaciones contra 24 oficiales nazis de alto rango –que ya vimos, como digo, en el capítulo anterior-, por crímenes de guerra. Tres meses de escuchar a fiscales, a acusados, a abogados defensores, a testigos… el juicio llegó a su fin. Quedó, como se dice en la terminología jurídica, visto para sentencia. No les sería fácil a los jueces interpretar todas las versiones, todas las acusaciones, todo lo que declararon los testigos –en ocasiones rotos de dolor al contar su propia historia en el interior de un campo nazi-, todo lo que la prensa fue escribiendo a diario, que no fue poco, las circunstancias que apremiaban –desde los distintos países que habían luchado en el bando ganador-, para que se dictase una sentencia ejemplar y se “ajustaran” esas cuentas pendientes con los perpetradores. No, no lo tenían fácil los jueces que iban a dirimir si un acusado debía ser condenado a muerte, a prisión perpetua o a años de cárcel, incluso si tenían que dejar en libertad a alguno de ellos.

Es lógico pensar que los que dieron lugar a todos esos asesinatos en masa, a ese genocidio, al holocausto general deberían ser castigados con las máximas penas pero ya hemos leído que, hasta ese juicio, no existían –porque jamás se había dado hasta entonces-, penas contra delitos de genocidio o de lesa humanidad. Pero se contemplaron en algunos de los acusados. El 20 de noviembre de 1945 había comenzado su andadura este macro juicio. Será el primero de octubre del año siguiente cuando el IMT dictará sentencia y anunciará a los acusados y al mundo entero los veredictos que han recaído en cada una de las personas juzgadas. Son condenados a muerte: Goering, Ribbentrop, Keitel, Kaltenbrunner, Rosenberg, Frank, Frick, Streicher, Sauckel, Jodl, SeyssInquiart y Borman. A cadena perpetua serán condenados los acusados: Rudolf Hess, que fuera lugarteniente de Hitler; el ministro de economía Walter Funk y el Almirante Raeder. Cuatro de ellos serán sentenciados a condenas de cárcel que oscilaron entre los 10 y los 20 años: el Almirante Doenitz, von Schirach, Albert Speer y von Neurath. Por el contrario, ese mismo Tribunal absolverá a tres de los que habían sido acusados en ese juicio, y fueron: Hjalmar Schacht que había sido ministro de economía, Franz von Papen –había sido uno de los políticos que tuvo un papel muy importante para que Adolf Hitler alcanzase, por fin, la Cancillería del país-, y, por último, Hans Fritzsche que había sido el jefe de prensa y radio bajo las órdenes de Joseph Goebbels.

Dos semanas después del veredicto se llevarían a efecto las sentencias de muerte sobre las personas en las que había recaído este veredicto. Así, el día 16 de octubre de 1946, las sentencias se llevaron a cabo en el patíbulo construido en el gimnasio de la prisión de Nuremberg por el Ejército de los Estados Unidos utilizando el método de caída estándar en lugar de la caída larga. Los verdugos eran el sargento mayor John C. Woods, y su ayudante, el policía militar Joseph Malta. No obstante, hubo ausencias importantes como la de Goering que se había suicidado minutos antes de ser llevado a la horca con una ampolla de cianuro –nunca se supo cómo llegó a su poder-, y Martin Bormann, que fue juzgado y condenado en ausencia. Parece ser que murió cuando intentó huir de Berlín ante la presencia del Ejército Rojo. Otros, sin embargo, ni siquiera fueron juzgados porque habían huido o se habían suicidado. Tal fue el caso de Joseph Goebbels y Heinrich Himmler se habían suicidado -como igualmente había hecho el propio Adolf Hitler-, y Adolf Eichmann y Josef Mengele se encontraban huidos. Respecto a los ahorcados hay que decir que sus cuerpos fueron cremados y sus cenizas arrojadas al río Isar. Los condenados a penas de cárcel fueron enviados a la prisión de Spandau, en Berlín. Allí permaneció en solitario, hasta su muerte, Rudolp Hess. Los rusos no permitieron que saliera de ella hasta que no le llegara su hora.

En Nürenberg hubo hasta doce juicios después de ese primero que había creado jurisprudencia al juzgar esos crímenes no contemplados, hasta ese momento, en ningún Código Penal de país alguno. Fue, desde luego, uno de esos grandes acontecimientos –muy pocos, desde luego-, que a veces se viven en la historia.

Los comandantes de los campos de concentración que fueron detenidos fueron juzgados, algunos en Nürenberg, otros lo hicieron en otros tantos juicios que se celebraron en Dachau. Ohlendorf, por ejemplo, fue juzgado en el noveno juicio de Nüremberg, era jefe de un Eisatzgruppen, y fue condenado a muerte en 1948 y ejecutado en la horca en la prisión de Landsberg –la misma donde estuvieron Hitler y Hess y donde el primero le redactó al segundo su libro Mein Kampf, “Mi lucha”). Otro caso fue el del comandante de dos de los campos erigidos para llevar a efecto la “Solución final”: Treblinka y Sobibor. Franz Stangl fue ese comandante. Fue juzgado en 1970 en Düsseldorf, acusado de 900.000 asesinatos. Había huido a través de la que se denominó la “Ruta de las ratas”, que había sido facilitada por el propio Estado del Vaticano, y se estableció en Brasil. Allí mismo fue capturado en el año 1967 pero… desde luego 1970 no era lo mismo que 1946. Estaban aún muy recientes los campos, las cenizas, los muertos. En ese sentido Stangl no fue condenado a muerte que, seguramente, hizo méritos para ganársela. Le fue conmutada la horca por la cadena perpetua. No así sus correligionarios como Joseph Kramer, que había sido, entre otros, comandante de Bergen-Belsen –donde fue capturado-, o como Rudolp Höss, comandante de Auschwitz, que fue juzgado, condenado a muerte y ejecutado en la propia horca donde tantos deportados prisioneros en ese campo habían encontrado la muerte bajo su mandato en ese campo.

“Fue ese carácter ejemplificador el que llevó a relativizar en ese juicio ejemplar [Nürenberg. NA] un principio fundamental del Derecho: la irretroactividad de las leyes. Efectivamente, sólo enfrentando su pasado criminal Alemania se convertiría en un país confiable para el exterior, mientras que hacia el interior la población podría acceder a un sentimiento de dignidad basado en su pertenencia al mundo occidental”.

Todos los juicios fueron ejemplarizantes, más aún el primero de Nürenberg. Y lo fue por su prontitud, por su inmediatez a los hechos que acababan de ocurrir, porque también se celebró en una Europa prácticamente en ruinas, en una sociedad que no terminaba de derramar lágrimas por esos más de 50 millones de muertos que había dejado el nazismo tras sí junto con la guerra que ellos mismos habían provocado. Fue, igualmente, una lección de moralidad que se dictó en una sala de justicia que se decoró ex profeso en la ciudad que había sido emblemática para el nazismo donde acudían grandes masas a escuchar a su Führer y que por tal motivo fue casi destruida por los bombardeos que los aliados ordenaron a conciencia. “Para muchos, los juicios de Núremberg, fueron la mayor expresión de justicia y Moral, en una actividad humana, repleta de amoral, y que degrada la condición humana de las personas: La guerra”.


Para la redacción de este artículo se han consultado, on line, las páginas webs que siguen:

http://enciclopedia.us.es/index.php/Juicios_de_N%C3%BAremberg

https://www.elmundo.es/blogs/elmundo/elblogdesantiagogonzalez/2014/05/21/nuremberg-como-jurisprudencia.html

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-12762017000200041

https://encyclopedia.ushmm.org/content/es/article/the-nuremberg-trials#:~:text=Impone%20la%20sentencia%20de%20muerte,econom%C3%ADa%20Walther%20Funk%20y%20Raeder).

https://historia.nationalgeographic.com.es/a/final-juicios-nuremberg-contra-dirigentes-nazis_14755

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