Acoso y derribo: El acoso sexual contra las mujeres en el ámbito laboral

Por Laura Isabel Gómez García

Hace ya muchas décadas que la mujer paulatinamente se ha ido incorporando al ámbito laboral. Poco a poco las mujeres hemos ido abandonando la esfera privada del hogar, la familia y los cuidados para conquistar el espacio público e ir llegando cada vez más lejos en nuestros empleos. Ciertamente, aún queda mucho camino por hacer, eso está claro, pero por suerte para nosotras, nuestro mundo se expande y ahora encontramos mujeres en muchos puestos de trabajo antes reservados únicamente a los hombres. Así, mientras nuestro mundo se expande, los hombres sienten que el suyo se les restringe y a muchos aún les cuesta encajar que han de COMPARTIR espacio en los lugares de trabajo con sus COMPAÑERAS. No se trata de quitarles el trabajo a los hombres, sino que ese espacio antes reservado a ellos, ahora lo amplíen para poder compartirlo y convivirlo en armonía con las mujeres; por lo tanto, no es quitarle el puesto a nadie, sino que es enriquecerlo con mujeres y hombres para hacerlo más justo e igualitario.

Fruto de este tira y a floja surge uno de los grandes problemas que tenemos hoy y que empezó a existir desde el mismo momento que la primera mujer pisó por primera vez un espacio laboral: el acoso sexual por parte de compañeros y jefes.

Es un hecho sociológico probado que los hombres siempre utilizan el sexo para someter a las mujeres, ello lo vemos reflejado en conductas como: violaciones, acoso sexual callejero, pagar a una prostituta para satisfacer deseos y fetiches, abusos y agresiones sexuales de toda índole. El ámbito del trabajo no iba a ser diferente por lo que conductas sexualmente violentas que han ejercido en el ámbito privado y social, se trasladaron al ámbito laboral también.

Los hombres cuando han de competir entre ellos lo hacen de manera agresiva y violenta, es la forma en la que el Patriarcado educa a los hombres, en la “Ley del más fuerte”, el “macho alfa” es el que manda. Por lo que no han aprendido otra forma de relacionarse. Compartir, cooperar, retroalimentar, liderar desde la empatía y la asertividad se ven como signos de “debilidad”, ósea “de mujeres”. La culpa no es de los hombres, es del Patriarcado y la sociedad machista que nos educa tanto a mujeres como a hombres desde nuestra más tierna infancia. Varones y mujeres tenemos habilidades sociales opuestas, esto trasladado al ámbito laboral es fatal y resulta nefasto pues los hombres cambian esa agresividad y violencia que utilizan para competir en el trabajo con sus compañeros masculinos, por agresividad y violencia sexual para competir con las compañeras mujeres. Además, la desvalorización y el sexismo que implica el trabajo que desempeñan las mujeres también en el entorno laboral, y la normalización de determinados comportamientos sexuales masculinos hacia las mujeres (tocamientos, piropos, etc.) hace que estas conductas sexuales indeseadas estén también presentes en el entorno laboral, por una parte, y por otra debido a esta naturalización ha hecho que fuera difícil identificar el acoso y denunciarlo.

Que hombres y mujeres tenemos problemas para relacionarnos los unos con las otras es obvio. El famoso “Los hombres son de marte y las mujeres de venus” ha hecho mucho daño pues ha servido para justificar que los hombres y mujeres somos seres opuestos de manera natural y hasta mística, cuando no es cierto. Somos diferentes en tanto y cuanto que somos personas diferentes, pero no nos educan para ser complementarios, sino para ser lobos y corderas, y ahí está la raíz de todo, para variar en la EDUCACIÓN diferenciada y machista que hemos recibido desde la familia, la sociedad y la escuela.

La primera definición de “acoso sexual” la encontramos por primera vez en los años 70 en la Universidad de Cornell como: “el tocamiento no deseado entre compañeros en el puesto de trabajo, comentarios y bromas sexuales, discusiones en torno a la superioridad de sexo, y favores a cambio de sexo”.

Veinte años después, en 1991, la Comisión Europea en su Código de Conducta se recogió como: “la necesidad de eliminar las conductas de naturaleza sexual u otros comportamientos basados en el sexo que afectan a la dignidad de la mujer y el varón en el puesto de trabajo”.

En 1993, en el Artículo 2 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer se recoge el acoso sexual como una de las expresiones de violencia contra las mujeres.

El acoso sexual también está incluido en la Directiva 2002/73/CEE, en relación a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres referente al acceso al empleo, la formación y promoción profesional, y a las condiciones de trabajo. Esta Directiva define el acoso sexual tal y como se recoge hoy en el Artículo 7 de la Ley de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, de la legislación española: “cualquier comportamiento verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.”

En el Estatuto de los Trabajadores, en el Artículo 54.2, se considera acoso sexual causa de despido disciplinario, y desde 1995 ésta conducta está tipificada en el Código Penal español.

El Convenio 190 de la OIT sobre violencia en el trabajo hace un apunte importante en materia del acoso sexual en el trabajo, pues, aunque como hemos visto éste está recogido en diferentes normativas nacionales e internacionales, siempre se ha hecho sin la necesaria perspectiva de género por lo que se trataba como si este fenómeno afectara por igual a hombres y a mujeres, lo que no es cierto ni ajustado. Por eso el Convenio 190 de la OIT puntualiza así: “aunque esta violencia afecta tanto a mujeres como a varones, las mujeres se ven afectadas de manera mucho más desproporcionalmente”.

En el año 2007, la Ley Orgánica 3/2007 (“Ley de Igualdad”) establecía que las empresas públicas y privadas deben promover procedimientos específicos (Protocolos) que eviten estas conductas entre el personal de la plantilla, además de que ayuden a tramitar denuncias si se produce un caso dentro de la empresa.

A día de hoy podemos decir que esto no se está cumpliendo. Al menos, no en el grado y en la forma que se debería. Son demasiadas las empresas que aún carecen de un “Protocolo contra el Acoso Sexual”. Cabe añadir que los Sindicatos están obligados por ley a denunciar a las empresas que carezcan de dicho protocolo, así como la impartición de cursos formativos e información, y concienciación a todo el personal de la empresa. Esto sucede también por la banalización de la problemática que representa el acoso sexual, como a menudo suele pasar con los problemas que atañen en mayor medida a las mujeres, éstos tienden a restárseles importancia y cuando una mujer denuncia alguna situación en la que se ha sentido acosada en general y en el ámbito laboral en particular, se le dice que es una exagerada, que no es para tanto, o que son imaginaciones de ella como si es que estuviera loca y lo hubiera soñado. Toda esta desidia e inacción frente al acoso sexual en el trabajo hace que las víctimas se sientan abandonadas y desamparadas, que éstas se sientan culpables o haciéndolas responsables directamente, y que las desigualdades por razón de sexo se vean reforzadas porque son actitudes que “han existido toda la vida”, según muchas personas.

Cabe destacar que las víctimas de acoso sexual en el trabajo en el 90% de los casos son las mujeres quienes lo padecen, según datos de la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE. El acoso sexual laboral no solo constituye un delito, sino que tiene consecuencias psicológicas, físicas y laborales nefastas para la víctima, así como sus relaciones sociales, y familiares cambian y se deterioran gravemente. Por todo ello las empresas que no se toman en serio este tema deberían tener muy en cuenta que según el Artículo 42 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales “el incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades penales y a las civiles por daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento”.

Como suele suceder siempre en los casos de violencias machistas contra las mujeres, el problema es mucho mayor y peor de lo que las cifras arrojan pues no son los casos que salen a luz, que se denuncian y que llegan a ser juzgados lo que es representativo realmente, sino que son los que NO se denuncian y quedan ocultos por la vergüenza, la culpabilidad y el silencio por miedo a no ser creídas o que las consecuencias que la denuncia traiga consigo sean trágicas, como la pérdida del empleo o la difamación que haga que nunca más se pueda trabajar en el sector. La experiencia nos dice que en la inmensa mayoría de los casos la víctima acaba abandonando su puesto y el agresor se queda en él hasta que llega la siguiente víctima y repite el mismo modus operandi y patrón de conducta, pues el acosador lo es siempre, no con una única víctima de manera puntual.

Movimientos como el #MeToo o el #Cuéntalo (el #MeToo español), han puesto de manifiesto que el acoso sexual en el trabajo es una pandemia extendida a lo largo y ancho del mundo. Allí donde trabajan varones y mujeres juntos existe el acoso sexual, y el único modo que hay de cambiar esto es que las empresas se lo tomen en serio, que adquieran un compromiso firme y real para con sus plantillas, y que cuando un caso de acoso sexual se denuncie no se cierren filas en torno al agresor, sino que se le señale, se le denuncie y se le cese de su puesto de trabajo ipso facto.

Uno de los casos más recientes e infames de acoso sexual que ha surgido en los últimos años ha sido el de Plácido Domingo. Cuando las mujeres salieron denunciándolo mucha gente cerró filas en torno al señor señalado, y las víctimas fueron cuestionadas con todo tipo de comentarios machistas y grotescos para acallarlas. Poco después el propio Sr. Domingo confesó y reconoció que su comportamiento con sus compañeras no había sido ni adecuado ni apropiado y entonó el mea culpa, pero incluso ni por esas, aun ha habido quienes siguen sin dar crédito a las denunciantes y para demostrarlo al tenor se le premió con el premio austriaco de Teatro Musical 2020 en Salzburgo, el pasado mes de agosto como “reconocimiento a su trayectoria profesional”. Algo que resulta insultante y ultrajante para las víctimas de este señor que por muy Plácido Domingo que sea, ha resultado ser un depredador sexual para con sus compañeras. Tal y como son todos los acosadores sexuales; hombres para los que las mujeres son presas y los puestos de trabajo son meros “cotos de caza”.

Vos tenés que ver – Acoso laboral – AVON (Argentina)

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